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Facilita SAT declaración anual para empresas

  Por Edith Mendoza

Publicado el viernes, 23 de febrero del 2024 a las 11:53


La ventana para el cumplimiento de las empresas inició desde el 1 de enero y hasta el 1 de abril de 2024.

Saltillo, Coah.- Con el objetivo de agilizar el cumplimiento de la Declaración Anual del Ejercicio 2023, el Servicio de Administración Tributaria, implementó una serie de actualizaciones, con lo que se espera que más empresas morales lo completen en tiempo y forma antes de la fecha límite del 1 de abril próximo.

Lo anterior de acuerdo con Grethel Ramos, titular de la oficina de Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente, quien detalló que la ventana para el cumplimiento de las empresas, inició desde el 1 de enero y hasta el 1 de abril de 2024.

Entre las modificaciones en el sistema, explicó, ahora pueden agregarse las pérdidas fiscales por amortizar que no se visualicen en el formulario, provenientes de las declaraciones de los ejercicios 2013 a 2021. Además, se incluye la primera y segunda actualización de la pérdida fiscal por amortizar, en el caso de que se haya generado en el ejercicio inmediato anterior.

Es posible la eliminación de los estados financieros: “Estado de flujo de efectivo” y “Estado de cambios en el capital contable”; además se puede pre cargar la información de los estados financieros que permanecen, presentados en el ejercicio inmediato anterior, entre otros beneficios.

La funcionaria recordó que para realizar el envío de la declaración es necesario contar con la firma electrónica (e.firma) y estar al corriente con las declaraciones de pagos provisionales, declaraciones anuales del impuesto sobre la renta (ISR) de ejercicios anteriores, declaraciones de retenciones de pagos realizados por arrendamiento, honorarios, RESICO de personas físicas, sueldos y salarios, asimilados y dividendos.

Adicionalmente, es necesario que los contribuyentes personas morales cuenten con un servicio de banca electrónica, toda vez que, de obtener un saldo a cargo, debe pagarse por transferencia electrónica a través del banco de su preferencia.

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