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| Una juez del Estado de México vinculó a proceso al Padre Antonio María Cabrera Cabrera, congregado de los Legionarios de Cristo. Crédito: Especial

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Vinculan a proceso a legionario por abuso a menor

  Por Agencia Reforma

Publicado el martes, 17 de junio del 2025 a las 18:23


Juez vincula a proceso al legionario de Cristo Antonio Cabrera por 3 delitos de violación cometidos entre 2004 y 2011 en agravio de un niño

Ciudad de México.- Una juez del Estado de México vinculó a proceso al padre Antonio María Cabrera Cabrera, congregado de los Legionarios de Cristo, por tres delitos de violación presuntamente cometidos entre 2004 y 2011 en agravio de un niño.

Paulina Piña Pérez, juez de control de Tlalnepantla, determinó que los datos de prueba presentados por la Fiscalía del Edomex son idóneos y suficientes para procesar al sacerdote por tres actos de violación por los que, en caso de ser hallado culpable, sería sentenciado con 20 y hasta 46 años de prisión.

La juzgadora también fijó un plazo de 3 meses para la investigación complementaria, previsto para que tanto la Fiscalía como la defensa reúnan los datos de prueba que pretendan llevar a un eventual juicio.

Al mismo tiempo, ratificó la prisión preventiva justificada en el Penal Estatal de Barrientos, al estimar que no han cambiado las condiciones por las que la semana pasada llevaron a imponerle esa medida cautelar.

La Fiscalía imputó a Cabrera de haber violado a la víctima con iniciales P.Z.D.F. en su domicilio de la Colonia Lomas de Tecamachalco el 16 de mayo de 2004, el 29 de abril de 2007 y el 24 de diciembre de 2011, es decir de los 7 a los 15 años de edad. Por cada presunta agresión sexual fincó un delito.

La juez Piña reclasificó los dos primeros ilícitos y vinculó a proceso a Cabrera por el delito de violación por equiparación cuando la víctima es menor de 15 años, estableciendo que el hecho de 2004 es por una modalidad de que se castiga con 5 a 11 años de prisión y el hecho de 2007 con 10 a 20 años de cárcel.

Con relación a la supuesta agresión de 2011, mantuvo los términos de la imputación delito la Fiscalía, en este caso, por una modalidad que se sanciona con 5 a 15 años de prisión.

En conjunto, de ser hallado culpable, la pena para el miembro de los Legionarios sería de 20 a 46 años de prisión, siempre y cuando se acredite en un eventual juicio su plena responsabilidad en cada una de los tres actos de violación que le atribuyen.

Al iniciar la audiencia, que tuvo una duración de cinco horas y media, el abogado Daniel Beltrán Moctezuma, quien ha fungido como representante legal de los Legionarios de Cristo, se desistió de los testimonios que había ofrecido en descargo del sacerdote, porque las personas a las que pidió comparecer no estaban en el País.

En defensa de su representado, el litigante cuestionó un certificado médico y un informe especializado de género que concluyen que la víctima tiene signos de violación y consecuencias psicológicas derivadas de la misma.

Afirmó que en el primero no se señalan fechas y la víctima no dice haber sido objeto de una agresión sexual, mientras que del segundo estudio indicó que carecía de metodología y tenía como bibliografía un solo libro, razón por las que no puede acreditarse que síntomas como la ansiedad o las pesadillas, diagnosticadas a la víctima, puedan ser atribuidas a una violación.

Santiago Contreras Gómez, mandatario de la víctima, y los asesores jurídicos de la misma, Julián Pérez-Duarte Arredondo y Patricio Mascareñas Ampudia, rebatieron al defensor, al que dijeron que no era psicólogo para evaluar los síntomas del afectado.

Recordaron que esta imputación no sólo se basaba en esos dos documentos, sino también en testimonios, dictámenes e informes de especialistas en psiquiatría que establecen un grado alto de veracidad de la víctima.

La juzgadora, al final, concluyó que el caso tenía las pruebas idóneas y suficientes para procesar a Cabrera.

“Los datos de prueba con los que se cuentan hasta el momento sirven para establecer razonablemente que el imputado intervino en grado de probabilidad en el delito que se imputa

“El abogado pidió no darle valor al informe especializado de género, porque no es un dictamen, ya que no tiene metodología, y tampoco al certificado médico legista, sin embargo, no ofreció datos de prueba (para combatirlos), sus argumentos son impertinentes, porque tuvo la oportunidad de ofrecer datos de prueba para confrontar el dictamen o el certificado médico, circunstancia que no aconteció.

“Los argumentos son subjetivos porque no presentó un dato de prueba como un meta dictamen, además, el abogado es licenciado en derecho, no en psicología para ser aseveraciones para las que se requieren conocimientos especializados en psicología”, dijo la jueza.

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