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Reforma a la ley antilavado. Nuevos retos y riesgos para sujetos obligados

Por Columnista Invitado

Hace 1 año

Por: Emilio Ortiz

 

El pasado 16 de julio de 2025, se publicó de forma oficial la reforma a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, mejor conocida como ley de prevención de lavado de dinero o ley antilavado.

No sólo el proceso de reforma nos anticipaba los cambios que hoy tenemos en esta ley, sino también las recomendaciones que los organismos internacionales habían hecho a nuestro país, así como varios intentos previos de modificar este marco regulatorio. Dicho lo anterior, hoy esta reforma no debería ser del todo una sorpresa para nosotros.

Con esta reforma se incluyen nuevos sujetos obligados, nuevas obligaciones, mayores sanciones y en general un mayor alcance de la ley. Algunas de estas nuevas obligaciones representarán un verdadero reto para los sujetos obligados, pues la ley no distingue entre aquellos con una capacidad robusta para cumplimiento, de aquellos con operaciones más sencillas, menor nivel de riesgo y menor capacidad para el cumplimiento.

En el caso particular del sector inmobiliario, la ley ahora establece como una actividad sujeta de regulación la recepción de recursos que se destinen al desarrollo de bienes inmuebles. Asimismo se establecen obligaciones tales como la necesidad de contar con una auditoría externa, capacitación obligatoria y sistemas automatizados que permitan monitorear sus operaciones.

Nuevamente la ley omite establecer disposiciones claras para el cumplimiento de obligaciones llevadas a través de ciertas estructuras jurídicas como lo pudieran ser las operaciones a través de fideicomisos, que en muchos casos representan operaciones importantes para el sector inmobiliario.

Es desafortunado que algunas de las disposiciones entraron en vigor al día siguiente de su publicación, aun cuando algunas de las sanciones por incumplimiento son millonarias. Asimismo, algunas otras de las modificaciones al marco regulatorio entrarán en vigor con la publicación del reglamento y reglas de carácter general, que establecerán precisiones para su cumplimiento.

 

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