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| Congreso aprobó por unanimidad reformas que blindan la autonomía sindical en el servicio público. Foto: Especial

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Prohíben a funcionarios intervenir en sindicatos

  Por Agencia Reforma

Publicado el lunes, 15 de diciembre del 2025 a las 09:17


Sheinbaum promulgó una reforma legal para prohibir de manera expresa que servidores públicos intervengan en la vida interna de sindicatos

Ciudad de México.- La Presidenta Claudia Sheinbaum promulgó este lunes una reforma legal para prohibir de manera expresa que servidores públicos intervengan en la vida interna de los sindicatos al servicio del Estado.

De acuerdo con la reforma legal, a partir de ahora, esa práctica será considerada falta administrativa sancionable.

El decreto, publicado tras su aprobación en el Congreso, modifica la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado y la Ley General de Responsabilidades Administrativas, con el propósito de blindar la autonomía sindical y evitar presiones, controles o influencias desde el poder público.

“ Se prohíbe a las personas servidoras públicas intervenir, influir, presionar o participar de cualquier forma en la organización, funcionamiento, administración, decisiones internas o procesos de elección de los sindicatos”, establece el artículo 69 Bis que fue incorporado a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.

La reforma busca erradicar prácticas de injerencia gubernamental en los sindicatos, particularmente en la definición de dirigencias, el manejo de recursos o la orientación de decisiones internas, conductas que durante décadas formaron parte de mecanismos de control político.

“ Las personas servidoras públicas que contravengan lo dispuesto en el presente artículo incurrirán en responsabilidad administrativa en términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas”, señala el texto.

De manera paralela, el decreto adiciona el artículo 64 Quáter a la Ley General de Responsabilidades Administrativas, con el fin de tipificar de forma específica como falta administrativa cualquier acción u omisión que implique intromisión en asuntos sindicales.

“ Constituye falta administrativa intervenir indebidamente en la vida interna de los sindicatos, ya sea de manera directa o indirecta, con el propósito de influir en sus decisiones, procesos o representación”, indica la nueva disposición.

Las modificaciones legales son aplicables a personas servidoras públicas de los tres órdenes de Gobierno, sin distinción de jerarquía o función, y prevén sanciones que van desde amonestaciones hasta la inhabilitación para ejercer cargos públicos, de acuerdo con la gravedad de la conducta.

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