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Publicado el domingo, 13 de marzo del 2011 a las 15:00
Piedras Negras, Coah.- De 30 a 40 procedimientos judiciales se promueven cada año en Piedras Negras, para hacer efectiva la liberación de créditos hipotecarios ante el Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores por las causales de incapacidad, invalidez o muerte del trabajador, señaló Jesús Fermín Barrera, titular de la oficina.
Debido a que los procedimientos pueden prolongarse ante un juzgado civil, cuando son de carácter intestamentario por motivo de fallecimiento, o ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje cuando se promueve la liberación del crédito por incapacidad del 50 por ciento o invalidez del trabajador, recomendó evitar sorpresas.
“Cuando se realiza el trámite del Infonavit, éste aplica a manera de seguro, algunas opciones para los acreditados en caso de que por uno de estos tres motivos no pueda continuar pagando el crédito, por lo que queda saldado el adeudo”.
Consideró importante aclarar, que para hacer efectivas las causales de incapacidad, invalidez o muerte, se debe dictaminar previamente por el seguro social.
Anteriormente Infonavit pedía al acreditado que nombrara un beneficiario, sin embargo en la actualidad no es necesario.
Añadió que en los casos de personas que fallecen o se pensionan por invalidez, los familiares directos incluidos cónyuges o en su caso concubinas, deben informar al instituto la situación, e iniciar el trámite que corresponda ante la JLCA o un juzgado civil.
Descartó que el Infonavit contemple políticas de desalojo o exija el pago de amortizaciones a familiares de acreditados fallecidos o pensionados.
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