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Notimex
Publicado el viernes, 18 de marzo del 2011 a las 03:25
México.- El Senado de la República recibió la minuta de la Cámara de Diputados que sanciona a quien con fines de lucro o sin él, contrate o publique mediante anuncios impresos o electrónicos, publicidad o propaganda que promueva la pornografía de personas menores de edad.
Así, se castiga con penas de seis a 12 años de prisión y de 500 a mil 500 días multa quien cometa el delito de trata de personas, y de nueve a 18 años de cárcel si es cometido en contra de un menor de edad o que no tenga capacidad para comprender el significado del hecho.
Además, establece el monitoreo y vigilancia de los anuncios que se publiquen por cualquier medio, a fin de verificar que no contravengan lo dispuesto en la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas.
Si el transgresor es servidor público se le impondrá la destitución del empleo, cargo o comisión e inhabilitación para desempeñar otro cargo hasta por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta.
La minuta que adiciona diversas disposiciones a los artículos cinco y 13 de la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas fue turnada a las comisiones de Justicia y Estudios Legislativos, Primera.
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