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Buscan endurecer penas por agresiones sexuales

  Por Ernesto Acosta

Publicado el martes, 28 de febrero del 2012 a las 16:00


Plantean ante el Congreso reformas al Código Penal

Saltillo.- Endurecer la pena de cárcel contra quienes cometen atentados al pudor, para castigar estos “actos aberrantes” propone el Partido Socialdemócrata, para disuadir la comisión del delito y evitar traumas emocionales, pues las víctimas son por lo general menores de edad e incapaces, y el agresor tiene parentesco.

El diputado Samuel Acevedo Flores plantea reformar los artículos 397 y 398 del Código Penal, ya que los delitos sexuales atentan contra la dignidad humana y la libertad, sexual y provocan en las víctimas daño en su autoestima y desarrollo sicoemocional, incluso tienen temor a denunciar los hechos.

Actualmente, el Artículo 397 castiga con 5 meses a 4 años de prisión y multa a quien sin el propósito de llegar a la cópula y sin consentimiento de una persona de cualquier sexo, mayor de 12 años de edad, ejecute en ella o la haga ejecutar un acto erótico y plantea aplicar de 2 a 8 años de cárcel.

Además, con la reforma se cataloga como acto erótico todas aquellas acciones de lubricidad, que son ejecutadas corporalmente en la víctima, tales como caricias, tocamientos, realizadas para satisfacer la libídine, del sujeto activo.

También plantea reformar y adicionar el Artículo 398, que por ahora aplica de 1 a 5 años de prisión y multa a quien si el propósito de llegar a la cópula y con o sin consentimiento de una persona menor de doce años de edad, de uno u otro sexo, ejecute en ella o la haga ejecutar un acto erótico y pide ampliar la pena corporal a 4 y 12 años de cárcel.

Y, si se emplea violencia física o moral suficiente para intimidar a la víctima y cometer el delito, se incrementará en una mitad más las sanciones mínima y máxima.

Asimismo, si el sujeto activo guarda relación de parentesco con el ofendido, en línea recta ascendente o descendente sin limitación de grado, y en línea colateral hasta el segundo grado, la pena de prisión se incrementará en una mitad más las sanciones mínima y máxima.

En los casos que aplique, el sujeto activo perderá los derechos que la patria potestad confiere, con trámite en la vía civil correspondiente, establece la reforma al Código Penal.

“En los atentados al pudor estamos ante abusadores sexuales, que frecuentemente muestran un problema de insatisfacción sexual y se ven tentados a buscar esporádicas satisfacciones sexuales en los menores que tienen más a mano y que menos se pueden resistir, pues en la mayoría de los casos se comete en personas afectivamente ligadas a ellos”, advierte.

“Debemos brindar mayor seguridad a quienes son víctimas de agresiones de este tipo, castigar a quienes hoy por hoy ejecutan estos actos desnaturalizados que provocan gran afectación en nuestra población”, planteó el diputado.

» Con la reforma se cataloga como acto erótico todas aquellas acciones de lubricidad, que son ejecutadas corporalmente en la víctima, tales como caricias o tocamientos, realizadas para satisfacer la libídine, del sujeto activo.

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