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Abuelita de 82 años le gana demanda al IMSS, reanudará pago de pensión por viudez con retroactivo

  Por José Alfredo Ramos López

Publicado el lunes, 9 de diciembre del 2024 a las 10:56


El IMSS dejó de pagarle desde el año 2019 la pensión por viudez que la beneficiaria recibía desde 1975

Ciudad de México.- El Décimo Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales con sede en Naucalpan, estado de México, concedió una medida cautelar a una adulta mayor que instruye al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a reanudar el pago de la pensión por viudez que recibía desde 1975.

Asimismo, ordenó al Instituto el pago retroactivo de las mensualidades no cubiertas desde febrero de 2019; el aguinaldo correspondiente a los años 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023; así como el incremento anual de las pensiones e inclusión en la nómina de pensionados.

El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) informó que tras el fallecimiento de su esposo en abril de 1975, la mujer accedió a una pensión por viudez; posteriormente, sostuvo una relación de concubinato con una persona que gozaba de una pensión por cesantía en edad avanzada y que tras el deceso de su concubino, tramitó la respectiva pensión de viudez, misma que le fue otorgada en marzo de 2018.

En febrero de 2019, el IMSS le notificó la cancelación de ambas pensiones, argumentando que no podía recibir un doble pago, además de que le informaron que debía cubrir un adeudo por más de medio millón de pesos.

No obstante, al analizar el conflicto individual de seguridad social 110/2024, el juez Cuauhtémoc Villela Bueno concedió de oficio la medida cautelar al advertir una posible violación al derecho humano a gozar de seguridad social, derivado de un acto de discriminación, toda vez que se trata de una mujer de 82 años que no cuenta con un empleo, por lo que dependía de las pensiones de viudez que le fueron canceladas por el IMSS, derivado de un pago doble.

En consecuencia, el Décimo Primer Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales con sede en Naucalpan, Estado de México, instruyó al IMSS a continuar realizando el pago de la pensión que gozaba la mujer por el fallecimiento de su esposo en 1975, a fin de que siga gozando de la seguridad social a través de las prestaciones económicas y en especie derivadas de la pensión por viudez.

 

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