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Grupo Zócalo
Publicado el miércoles, 27 de diciembre del 2023 a las 13:47
Ciudad de México.- El Servicio de Administración Tributario (SAT) informó a través de un comunicado que todos los contribuyentes tienen hasta el 31 de diciembre para habilitar el Buzón Tributario y de esta forma, evitar multas con la institución.
El Buzón Tributario del SAT es un canal de comunicación entre la dependencia y el contribuyente, permitiendo informar y recordar a los usuarios sobre sus obligaciones fiscales.
Esta herramienta funciona a través de un correo electrónico y activarlo es obligatorio desde 2020. En caso de no hacerlo, puede generar una multa y otras complicaciones de comunicación.
Sin embargo, no todas las personas están obligadas a habilitar el Buzón Tributario. Los usuarios que son asalariados, no tienen obligaciones fiscales, cuentan con ingresos anuales menores a 400 mil pesos o no presentan actividades económicas, pueden prescindir del Buzón.
El SAT recuerda que contar con Buzón Tributario habilitado y medios de contacto actualizados es una obligación fiscal.
El anterior es un canal de comunicación que tiene como objetivo simplificar la notificación de actos administrativos y el envío de mensajes de… pic.twitter.com/Ma5pFQcHnl
— SATMX (@SATMX) December 26, 2023
Los contribuyentes que sí deben realizar la activación del Buzón Tributario, deben de seguir estos pasos:
• Ingresar a la página oficial del SAT.
• Seleccionar la opción de Buzón Tributario.
• Acceder a través de la contraseña o e.firma.
• Elige la opción de Configuración.
• Captura el código de activación recibido vía SMS.
Para concretar la activación del Buzón con éxito, deberás tener a la mano los siguientes requisitos:
• e.firma o firma electrónica.
• e.firma portable o contraseña.
• Un correo electrónico.
• Un número de teléfono de celular.
Los principales beneficios de activar el Buzón Tributario son:
• Recibir información personalizada y privada de tus obligaciones fiscales.
• Ahorra tiempo y recursos para los contribuyentes y la institución.
• Brinda certeza sobre actos y resoluciones jurídicas emitidos por el SAT.
• Proporciona información útil para el cumplimiento de las obligaciones y trámites fiscales.
De acuerdo con el artículo 86-C y 86-D del Código Fiscal de la Federación, la infracción por la no habilitación del Buzón Tributario, el no registro o la no actualización de los medios de contacto, será una multa de 3 mil 420 pesos a 10 mil 260 pesos.
“ Para la aplicación de dicha sanción se extiende prórroga hasta el 1 de enero de 2024, de conformidad con el artículo transitorio Sexto de la Resolución Miscelánea Fiscal 2023 y sus Anexos 1, 5, 8, 15, 19, 26 y 27, publicada en el DOF el 27 de diciembre de 2022″.
Con información de Milenio
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