Nacional
Por
Reporte Índigo
Publicado el sábado, 10 de enero del 2009 a las 19:42
México, D.F.- El 9 de diciembre, en su penúltima sesión, en fast track y sin leer ante el pleno lo que estaban aprobando, el Senado dio el sí a las reformas a la Ley Federal de Telecomunicaciones.
Las reformas aprobadas por 88 legisladores han pasado inadvertidas hasta hoy, pero la nueva legislación bien podría llamarse Ley Gestapo.
De acuerdo con el dictamen aprobado, los concesionarios de telefonía fija, celular y radio móvil tendrán literalmente que espiar a los millones de usuarios del país, lo cual viola la Constitución. Sean criminales o ciudadanos inocentes. Sean servidores públicos, políticos, jueces, magistrados, diplomáticos, personas físicas o morales, personas comunes… todos serán monitoreados.
Según las modificaciones hechas al Artículo 44 de la Ley Federal de Telecomunicaciones, los concesionarios deberán crear un registro y control de todas las comunicaciones que se realicen “desde cualquier tipo de línea que utilice numeración propia o arrendada, bajo cualquier modalidad”. Esto quiere decir que la ley hace referencia a líneas contratadas con plan tarifario o prepago, ya sean teléfonos fijos, móviles o de radiofrecuencia.
¿QUE APROBARON?
La nueva ley ordena que todas las llamadas, mensajes escritos y hablados, conferencias y cualquier otro tipo de transmisión de datos de todos los usuarios del territorio nacional sean grabados por los concesionarios y almacenados durante 12 meses a partir de la fecha en que se generó la comunicación.
En la práctica, esto implica una intromisión en la vida privada de todos, absolutamente todos, los usuarios de las telecomunicaciones en México.
Las intervenciones se podrán dar sin orden judicial de por medio, lo cual contradice el Artículo 16 de la Constitución, que señala que para hacer una intervención telefónica, se requiere la orden de un juez.
De acuerdo con las reformas aprobadas en diciembre, previa asesoría de la Procuraduría General de la República, estas intervenciones tendrán que hacerse automáticamente.
La información podrá ser entregada a las autoridades previa solicitud del procurador general de la República o de los procuradores de justicia de cada estado.
Las autoridades no tendrán que demostrar a los concesionarios que existe una razón jurídica para solicitar el contenido de las transmisiones.
Decir que están investigando un delito relacionado con secuestro, extorsión o crimen organizado será suficiente.
Los datos deberán ser entregados por los concesionarios en un plazo máximo de 72 horas.
“El Reglamento establecerá los procedimientos, mecanismos y medidas de seguridad que los concesionarios deberán adoptar para identificar al personal facultado para acceder a la información”, señala el dictamen aprobado por los senadores.
Se señala que “los concesionarios tomarán las medidas técnicas necesarias respecto de los datos objeto de conservación, que garanticen su conservación, cuidado, protección, no manipulación o acceso ilícito, destrucción, alteración o cancelación, así como el personal autorizado para su manejo y control”.
Sin embargo, en los hechos, ¿quién podría controlar la salvaguarda y confidencialidad de millones de llamadas telefónicas y transmisión de datos que se hacen todos los días en territorio nacional?
No sólo se propiciará un mercado negro de información personal y empresarial, sino que se ejercerá un control político por parte del Gobierno federal y los estatales. Todo bajo el amparo de la ley.
Los concesionarios también estarán obligados a contar con los datos necesarios para rastrear e identificar el origen y destino de las comunicaciones de telefonía móvil: “número de destino, modalidad de líneas con contrato o plan tarifario, como en la modalidad de líneas de prepago”.
Tendrán que tener la fecha, hora y duración de cada comunicación, el servicio de mensajería o multimedia utilizado y el posicionamiento geográfico de las líneas telefónicas.
En su revisión, la Cámara de Diputados detectó los riesgos derivados de que el contenido de las transmisiones de voz y datos pudiera ser entregado sin la orden previa de un juez, por eso puso un candado al respecto.
LA JUGADA CAMBIÓ
“La Procuraduría General de la República y quienes están dedicados a combatir este delito consideraban que era poco conveniente porque es muy difícil y burocrático a veces conseguir la orden de un juez, y pedían que se hiciera mediante la solicitud del Ministerio Público. Pero en reuniones que se hicieron de acercamiento con esta Cámara, se llegó a la conclusión de que no debe de ser, para no dejarlo muy suelto, que se tenga que entregar esa información para protegerla con la solicitud del Ministerio Público, sino con la solicitud del Procurador General de la República y los procuradores de los estados”, afirmó en la sesión del 9 de diciembre pasado el senador del PRI Mario López Valdez.
López Valdez, originario de Sinaloa, fue el único orador en la discusión y aprobación de las reformas de la Ley Federal de Telecomunicaciones.
El pleno dispensó la primera y segunda lectura. Lo que significa que el contenido del dictamen nunca se leyó.
Las reformas fueron enviadas al Ejecutivo federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Pero la nueva ley no ha sido promulgada por el presidente Felipe Calderón.
De acuerdo con información obtenida por Reporte Índigo, hubo voces de protesta y alerta por el contenido de la ley. Algunos advirtieron que no sólo atenta contra las garantías individuales, sino también contra la seguridad nacional.
Si bien la nueva legislación puede servir como un instrumento de control político del Estado, también puede ser aprovechada por el crimen organizado.
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