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¿Cómo calcular la liquidación? Te decimos cuánto te corresponde

  Por Excélsior

Publicado el lunes, 15 de marzo del 2021 a las 18:56


Si te despidieron sin haber cometido una falta o violación a tus obligaciones laborales, tienes derecho de solicitar que tu empleador te liquide por despido injustificado

Ciudad de México.- Si desafortunadamente te quedaste sin trabajo debes saber que tienes derecho a recibir una liquidación por parte de tu empleador.

Este monto se calcula con base al Salario Base Integrado (SBI), prestaciones y antigüedad del empleado.

Si te despidieron sin haber cometido una falta o violación a tus obligaciones laborales, tienes derecho de solicitar que tu empleador te liquide por despido injustificado. Algunas situaciones para recibir la liquidación son:

¿EN QUÉ CASOS NO RECIBO LIQUIDACIÓN?

Son motivo para no recibir tu liquidación: faltar más de tres veces en un periodo de 30 días sin justificación alguna, compartir documentos falsos o incumplir con tus responsabilidades.

De acuerdo con el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo estas son las razones legales por las que no podrías solicitar tu liquidación:

Falta de honradez y cometer actos violentos e injurias contra el patrón, compañeros del trabajo, proveedores o clientes de la empresa donde laboras.
Cometer de manera intencional daños a los materiales, inmobiliario, edificios, maquinarias o materias primas relacionados con el trabajo.
Comprometer la seguridad del establecimiento y personas que se encuentren en el centro de trabajo por descuido, negligencia o dolo.
Cometer hostigamiento o acoso sexual contra cualquier persona dentro del lugar de trabajo.
Revelar secretos o información de carácter reservado con perjuicio de la empresa.
Negarse a trabajar o tomar las medidas preventivas necesarias para evitar accidentes o enfermedades.
Acudir a tu centro de trabajo en estado etílico o bajo el influjo de drogas.

¿CÓMO SE CALCULA LA LIQUIDACIÓN?

Esta indemnización se conformada por 3 meses de salario, 20 días de sueldo por cada año trabajado, prima de antigüedad que equivale a 12 días de salario por cada año laborado, pago proporcional de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional.

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