Saltillo|Monclova|Piedras Negras|Acuña|Carbonífera|TorreónEdición Impresa
EU cierra puentes internacionales por narcobloqueos en Matamoros y Río Bravo Semar desmantela estructura criminal de ‘Los Pichilinguillos’, dedicada al tráfico internacional de cocaína en Michoacán Castiga Edil con tablazos por acoso a albañiles en Guanajuato Asegura el Ejército mexicano casi 17 kilos de sustancia granulosa amarilla en Ahome, Sinaloa Destaca Harfuch fortalecimiento de inteligencia en seguridad

Zócalo

|

     

Opinión

|

Información

< Opinión

 

Coahuila

¿Cómo obtengo mis escrituras cuando termino de pagar mi crédito hipotecario?

Por Columnista Invitado

Hace 4 años

Es un gusto saludarles nuevamente por este medio, recuerden que éste espacio busca crear una cercanía entre un Servidor y Ustedes Lectores, para con ello disipar las dudas que amablemente nos hacen llegar; esta ocasión nos escribe el señor Guillermo, lo siguiente:

“Amigo notario, qué gusto en saludarlo, hace un mes ya termine de pagar mi crédito hipotecario al banco con el que compre mi casa, y ahora quiero ya hacer mis escrituras, para hacer mi testamento ¿Qué tengo que hacer para ya obtener mis escrituras?”

Amigo Guillermo, me da mucho gusto que haya terminado de pagar su crédito, enseguida le explicaré algunos puntos relacionados con los créditos hipotecarios.

La hipoteca es un derecho real que se constituye sobre bienes inmuebles y sus accesorios y pertenencias, para garantizar el cumplimiento de una obligación y su preferencia en el pago. Aún y que los bienes hipotecados no se entregan al acreedor, si quedan sujetos al gravamen que se impone al constituir la hipoteca.

Algunos bancos otorgan créditos a para adquirir viviendas (conocidos como créditos hipotecarios), y para garantizar que se va a cumplir con los pagos se constituye una hipoteca sobre la vivienda que se compra con la obtención del crédito, entonces en el Registro Público de la Propiedad Usted aparece como propietario, pero con la hipoteca que se constituye como garantía, esto con la finalidad que su propiedad asegure que se cubrirá el adeudo con quien le ha prestado el dinero para obtener dicha propiedad.

Para el caso de su crédito con el Banco (aun y que no me ha dicho con qué Banco se obtuvo el crédito), Al terminar de pagar Usted debe de acudir a la sucursal bancaria a solicitar la instrucción notarial para la cancelación de hipoteca y dependiendo de cada Institución Bancaria requerirán distinta información.

La cancelación de hipoteca a la que me he referido consiste en la escritura pública que otorgará el Banco donde se hace constar que Usted no tiene adeudo y que al inscribirse en el Registro Público dejaran a su propiedad libre de gravamen; esto quiere decir que Usted ya puede disponer de su propiedad después de ese momento y que ya no está hipotecada.

Al haber terminado de pagar, no es necesario hacer unas nuevas escrituras, sino cancelar la hipoteca que pesa sobre la propiedad. 

Le aclaro también que no es necesario esperar a liquidar un crédito hipotecario para otorgar su testamento; por lo que le recomiendo que independientemente de la cancelación de hipoteca, usted acuda con el Notario de su confianza a informarse y otorgar su testamento.

Agradezco la oportunidad que me dan para aclarar sus dudas, y me reitero a sus apreciables órdenes, enhorabuena Amigos!

 

Nicanor Moyeda Frías

Notas Relacionadas

Se queda el IEC un año más sin presidencia

Hace 55 minutos

China, los BRICS y la hegemonía del dólar

Hace 6 horas

Rumbo al 3 de noviembre – Entre predicciones y kamikazes

Hace 6 horas

Más sobre esta sección Más en Coahuila

Hace 6 horas

China, los BRICS y la hegemonía del dólar

Hace 6 horas

Rumbo al 3 de noviembre – Entre predicciones y kamikazes

Hace 13 horas

Confirmado y amarrado