Coahuila

Publicado el martes, 9 de septiembre del 2025 a las 13:14
Saltillo, Coah.— El Congreso del Estado aprobó adiciones a los artículos 64 y 65 de la Ley de Alcoholes para obligar a los propietarios, operadores, representantes, administradores o encargados de los establecimientos donde se expendan o consuman bebidas alcohólicas, a capacitar al personal para evitar actos de discriminación contra la clientela.
Asimismo, se les prohíbe “permitir que se realicen actos de discriminación en cualquiera de sus formas en contra de los clientes”.
Restaurantes, restaurantes-bar, ladies bar, cervecerías y discotecas son los establecimientos más denunciados por discriminar por el color de piel, preferencias sexuales, sobrepeso, aspecto físico, rasgos, condición social, edad y discapacidad. Asimismo, asignan lugares con criterios discriminatorios.
La misma Ley de Protección al Consumidor dispone que el proveedor de bienes, productos o servicios no podrá negarlos o condicionarlos al consumidor por razones de género, nacionalidad, étnicas, preferencia sexual, religiosas o cualquier particularidad.
Mayor control para permisos de alcohol
Luego de que se detectara que varias administraciones municipales han otorgado certificaciones para establecimientos dedicados a la venta y consumo de bebidas embriagantes, sin autorización del cabildo. el Congreso del Estado reformó la Ley de Alcoholes para que sea obligatorio contar la aprobación de este órgano deliberativo y de máxima decisión.
Actualmente, la Ley para la Regulación de la Venta y Consumo de Alcohol en Coahuila, en varios artículos sólo hace referencia a “la autoridad municipal respectiva”, para autorizar los permisos, autoridad municipal que puede ser la persona titular de Alcoholes, de Ingresos o de la Tesorería.
Sin embargo, no se menciona que en la parte final del proceso de certificación debe ser aprobada por el Ayuntamiento o por el Cabildo, aunque en los hechos, generalmente se hace de esta manera, pero algunas administraciones lo omiten y otorgan la certificación sin pasar por Cabildo.
En algunos reglamentos de Alcoholes, unos precisan que la certificación debe ser aprobada por el Cabildo y otros sólo hacen referencia a determinada autoridad, por lo que no hay certeza jurídica.
Con la reforma, se ordena que para obtener la certificación, se deberá contar con “la certificación aprobada por votación de mayoría absoluta del Cabildo”.
Para obtener la certificación municipal, la Ley de Alcoholes ya prevé que las personas interesadas deben presentar constancia y licencia del uso de suelo, dictamen favorable de protección civil municipal y autorización sanitaria, entre otros requisitos.
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