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Grupo Zócalo
Publicado el miércoles, 21 de enero del 2026 a las 01:17
Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió que los menores tienen derecho a conocer quiénes son sus padres biológicos, pero dejó en manos de los jueces determinar cuándo, cómo y bajo qué condiciones debe revelarse esa información para no causar daño emocional.
El caso llegó al máximo tribunal porque un hombre demandó que se le informara a su hijo biológico —que vive con otra familia— que él es su padre. El niño tenía cinco años cuando inició el juicio en 2014. Hoy tiene 16, casi 17.
El pleno de la Corte avaló por unanimidad un proyecto de la ministra Loretta Ortiz Ahlf, quien propuso conceder un amparo. Sin embargo, la decisión viene con una advertencia clara: cada caso es distinto y debe evaluarse con cuidado.
“Confrontar a la persona menor de edad con información sobre su identidad biológica le generará impactos emocionales y propiciará afectaciones significativas en su vida”, señaló la ministra en su proyecto.
Por eso, el juez que conozca cada caso debe determinar las medidas especiales de protección necesarias para mitigar el impacto en la salud mental del menor y proteger su estabilidad emocional y familiar.
La Corte dejó claro que el juzgador debe resolver si al menor se le informa únicamente que no hay coincidencia entre su origen biológico y su filiación, o si se le proporciona información completa sobre sus antecedentes familiares.
Además, deberá establecer el modo en que se ejecutará esa decisión, dictando todas las medidas necesarias para proteger el interés superior del adolescente, su estabilidad emocional, su relación familiar y su identidad.
El presidente de la Corte, Hugo Aguilar Ortiz, subrayó que estos casos son delicados y requieren acompañamiento de un especialista en menores y adolescentes.
“El juicio se inició en 2014. Ya vamos a cumplir 12 años con este juicio. El niño tenía cinco años y hoy tiene 16, a punto de cumplir 17. Pareciera que no representaría un riesgo esta información, como sí lo sería hace 10 u 11 años, pero aún así hay tantas circunstancias en la vida cotidiana de cualquiera de nosotros que creo que esto amerita ser evaluado por un especialista”, expresó.
En otro asunto, el pleno revocó una sentencia después de que una autoridad judicial puso en duda la declaración de una menor que denunció abuso sexual por parte de su padre.
El progenitor había perdido la patria potestad y se le ordenó someterse a terapias conjuntas con su familia, pese a que ejercía violencia contra ellos.
La Corte consideró que la resolución no protegió adecuadamente a la menor y ordenó revisar el caso con un enfoque centrado en su interés superior.
La decisión de la Corte marca un precedente importante: los menores tienen derecho a conocer su origen, pero ese derecho no es absoluto ni automático. Debe ejercerse con responsabilidad, cuidado y acompañamiento profesional.
Revelar la verdad puede ser necesario, pero hacerlo mal puede ser devastador. Por eso, cada caso debe evaluarse con la seriedad que merece.
Con información de Milenio.
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