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Publicado el jueves, 24 de febrero del 2022 a las 04:09
Ciudad De México.- A partir de este año será obligatorio que las empresas y fideicomisos tengan información detallada de sus beneficiarios controladores, incluida hasta la de sus cónyuges.
Esto se debe a un requerimiento del Servicio de Administración Tributaria, que de incumplirse podría terminar en multas de hasta 2 millones de pesos, alertaron expertos.
En el Código Fiscal se integró la obligación de otorgar información actualizada de todos los beneficios controladores de personas morales y fideicomisos para evitar la evasión fiscal, el financiamiento al terrorismo fiscal y el lavado de dinero a nivel nacional e internacional, explicó Juan Manuel Puebla, presidente del Colegio de Contadores Públicos de México.
De acuerdo con el SAT, el beneficiario controlador es la persona física o grupo de personas físicas que directamente o por medio de otra u otras se beneficia o benefician por su participación en una persona moral, un fideicomiso o cualquier otra figura jurídica.
Aunque todavía no se señala que la información deberá ser otorgada al fisco, es necesario recabarla para que forme parte de la contabilidad, dijo.
“
Va a ser muy difícil tratar de obtener esta información y pedir a las personas físicas, a los últimos individuos (beneficiarios) que se identifiquen. Verdaderamente es de llamar la atención y merece acción inmediata de los contribuyentes”, expuso.
En entrevista, José Luis Lavín, socio de GLZ abogados y especialista en derecho corporativo, alertó que para cumplir con este requerimiento se deberá solicitar a los beneficiarios nombre, fecha de nacimiento, domicilio parcial y fiscal, así como el estado civil; en este último requisito se deberá entregar también acta de nacimiento y de matrimonio del cónyuge.
Enfatizó que también será necesario otorgar identificación del cónyuge o concubino, así como su régimen fiscal, acta de nacimiento, CURP, domicilio particular y fiscal.
Cada beneficiario también deberá informar en dónde tiene depositadas sus acciones,
comentó.
En caso de no otorgar la información en 15 días hábiles, la multa será de 1 a 2 millones de pesos; de un millón si no se entrega actualizada, y con errores de 500 mil a 800 mil pesos.
Las multas aplican por cada beneficiario del que no se otorgue la información, alertó Lavín.
Otro cambio fiscal que preocupa es que el SAT podrá determinar que no existe una razón de negocios en una operación a pesar de que no cuente con parámetros claros para actuar, lo que representa un riesgo para las empresas, porque tendrán afectaciones fiscales, alertó Catalina Mandujano, asociada del despacho Holland & Knight.
¿Simplificación? Complica Resico a contribuyentes
Lejos de eficientar y agilizar el proceso tributario, con el último cambio de Régimen Simplificado de Confianza (Resico), el SAT, complica todavía más las obligaciones de los contribuyentes. Jorge Ayax Cabello, miembro del Colegio de Contadores Públicos de Saltillo, explicó que “el nuevo régimen en sí, en muchos casos, es más conveniente que el régimen general, sin embargo, resulta inequitativo frente a otras formas de tributación”. Por mencionar un ejemplo, una persona asalariada, un asalariado puede llegar a pagar muchos más impuestos que un negocio en el nuevo régimen. Por otro lado, lamentó que los sistemas del SAT no prevén de manera adecuada todos los cambios, lo que dificulta, una vez más, el pago de impuestos. A esto hay que sumar que “con la nueva facturación electrónica, aumenta esta complicación”.
n Edith Mendoza
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