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| Migrantes en la Ciudad de México, en noviembre de 2023. Foto: Alfredo Domínguez / La Jornada

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El SAT ha dado de alta a más de 6 mil migrantes en lo que va del año

  Por La Jornada

Publicado el miércoles, 20 de diciembre del 2023 a las 14:26


Los interesados en inscribirse al RFC pueden acudir a cualquier oficina del SAT con previa cita agendada y presentar la documentación, informó

Ciudad de México.- En casi 11 meses que arrancó el mecanismo de atención prioritaria a migrantes residentes temporales o permanentes, refugiados en México, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) reveló que 6 mil 636 migrantes tramitaron su registro federal de contribuyentes (RFC).

Bajo este esquema que inició en febrero de 2022 y hasta el 15 de diciembre, la autoridad tributaria precisó que este sector de la población puede presentar diversos trámites en las oficinas del SAT, de los cuales la inscripción de personas físicas concentra 98 por ciento del total de atenciones.

En el marco del Día Internacional de la Persona Migrante, que se celebra el 18 de diciembre de cada año, el SAT sostiene que lo anterior fue resultado de la implementación de un mecanismo de atención prioritaria a migrantes residentes temporales o permanentes, refugiados en México, así como a mexicanos repatriados o en retorno.

Explicó que las personas interesadas en inscribirse ante el RFC pueden acudir a cualquier oficina del SAT con previa cita agendada en citas.sat.gob.mx y presentar la documentación, por ejemplo, para el extranjero con condición de estancia de residentes temporales o permanentes: documento migratorio emitido por el Instituto Nacional de Migración (INM) para acreditar su estancia en territorio nacional, tarjeta de residente permanente; tarjeta de residente temporal; tarjeta de visitante por razones humanitarias; tarjeta de visitante con permiso para realizar actividades remuneradas; tarjeta de visitante trabajador fronterizo; tarjeta de residente temporal estudiante.

El extranjero con calidad de refugiado, Clave Única de Registro de Población (CURP) temporal con fotografía, la cual se tramita ante las oficinas de representación de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) o del Instituto Nacional de Migración (INM); documento de reconocimiento de calidad de refugiado emitido por la COMAR; comprobante de domicilio del lugar donde vive, con antigüedad no mayor a cuatro meses.

“  Con estas acciones, el SAT refrenda su compromiso por dar la mejor atención a los contribuyentes”, aseguró la autoridad. 

 

 

 

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