Por: Irene Spigno
Las emociones humanas son un fenómeno complejo. ¿Son pensamientos, reflejos fisiológicos o impulsos conductuales? A menudo se confunden con estados de ánimo o sentimientos, las emociones son procesos de múltiples componentes que dan forma a nuestras vidas, determinan nuestras acciones y nuestros comportamientos. Son respuestas innatas, integradas por fenómenos involuntarios, automáticos y simultáneos, que involucran tanto al cuerpo como a la mente. Nuestras vidas cotidianas están llenas de emociones: ira, miedo, simpatía, asco, odio, envidia, culpa, tristeza, y múltiples y distintas formas de amor.
Muchas de estas emociones se activan cuando sufrimos una violación de nuestros derechos humanos. Ser víctima de injusticias, discriminaciones, intolerancias, o ataques arbitrarios e injustificados a nuestra libertad nos genera inevitablemente un dolor profundo y un gran número de emociones negativas que inevitablemente nos afectan y por consiguiente dañan la calidad de nuestras vidas.
Aunque es cierto que la misión del derecho no es velar por nuestra estabilidad emocional, cuando son llamados a abordar temáticas de derechos humanos, legisladores, jueces y otros operadores jurídicos deben tener muy en claro que no están trabajando simplemente con normas jurídicas o con puros expedientes de papel.
Detrás de cada diseño, aplicación, interpretación de una norma jurídica en materia de derechos humanos existen problemas que involucran la vida real de las personas. Detrás de cada demanda, recurso o expediente, hay personas, hay seres humanos, con su dolor. Nos educaron con el concepto de dura lex, sed lex. Será dura la ley, pero es la ley y como tal hay que respetarla. Cierto. Pero cuando esa ley involucra derechos humanos especialmente de personas en condiciones de vulnerabilidad – pensemos en niñas, niños y adolescentes, mujeres, personas mayores, personas con discapacidad, personas migrantes, familiares de personas desaparecidas, entre otros, no podemos escondernos detrás de la cortina de la dura lex. Cuando estamos frente a violaciones graves de los derechos humanos no se trata simplemente de lex.
La dura lex tiene que también ser justa y la justicia implica que todas las personas tienen que ser tratadas con dignidad. Y con empatía. Una justicia no empática no es justicia. Si una persona juzgadora no es capaz de imaginar el dolor de los demás, tampoco podrá hacer algo para que ese dolor se alivie.
Todas las veces que las personas juzgadoras no toman en consideración que detrás de los expedientes que tienen empilados en sus escritorios hay personas, la llama de la justicia se apaga, lentamente.
Todas las veces que se imparte justicia sin empatía, la justicia muere. Y como diría José Saramago, todas las veces que la justicia muere es como si no hubiese existido nunca.
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