Saltillo|Monclova|Piedras Negras|Acuña|Carbonífera|TorreónEdición Impresa
“Es un país fracasado”: Trump promete que la situación en Cuba cambiará antes del término de su mandato Detienen a 139 personas en Londres en una concentración pacifica en apoyo a Palestina Canelo recupera su gloria: vence a Mbilli y conquista nuevamente el título supermediano del CMB ¿Qué ver en Halloween? Éstas son las películas y series de TERROR en Prime Video que podrás disfrutar ‘IT: Welcome to Derry’ estrena episodio sorpresa por Halloween: cómo ver la nueva historia de Derry en HBO Max

Zócalo

|

Negocios

|

Información

< Negocios

| Foto: Especial

Negocios

Jubilados: ¿deben pagar impuestos? ¡Entérate!

  Por Grupo Zócalo

Publicado el sábado, 29 de mayo del 2021 a las 17:11


Según el Vocero de la Comisión de Seguridad Social del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM), hay situaciones en que deben de hacerlo

Ciudad de México.- Si obtuviste ingresos por concepto de jubilación o pensión y éstos superaron los 400 mil pesos anuales, estás obligado a presentar una declaración anual ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

La Ley del ISR establece que no estarán obligadas a presentar la declaración anual las personas físicas que obtuvieron ingresos por salarios de un solo patrón, siempre que no excedan de 400 mil pesos en el ejercicio y que hayan obtenido ingresos totales por salarios de un solo patrón e intereses reales no mayores a 400 mil pesos, siempre que los intereses reales no hayan excedido de 100 mil pesos en el ejercicio.

Sin embargo, esta disposición no es aplicable si en el ejercicio se obtuvieron ingresos por jubilación, pensión, liquidación o algún tipo de indemnización laboral, y sí están obligados a informar en la Declaración Anual, sobre préstamos, donativos y premios.

Rolando Silva, vocero de la Comisión de Seguridad Social del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM), señaló que la pensión es una consecuencia de la vida laboral de las personas y, en ese sentido, la Ley del ISR aborda a los pensionados y les da el tratamiento del régimen de sueldos y salarios.

” Quienes tienen una pensión se les considera dentro del supuesto de sueldos y salarios y con las mismas obligaciones que tienen los trabajadores, en consecuencia, quien tenga ingresos superiores a los 400 mil pesos anuales tendría que estar presentando su declaración”, explicó.

Apuntó que, en caso de que la pensión fuera el único ingreso y ésta tuviera un monto mayor a 400 mil pesos, el contribuyente jubilado tendría la obligación de presentar declaración, y en este supuesto, sí tiene las mismas reglas que un asalariado, también tiene el mismo derecho y por lo tanto podrían estar haciendo deducciones personales.

¿Si recibo dos pensiones, también debo declarar?

Silva dijo que hay muchos jubilados con pensiones del IMSS que probablemente no superen los 400 mil pesos al año, sin embargo, hay casos en que las personas durante su vida laboral tuvieron por parte de su empresa un plan privado de pensiones, lo que los coloca en el supuesto de sí presentar la declaración anual.

” En este caso no importa el umbral de los 400 mil pesos, ya que ese jubilado está en el supuesto de que recibió dos ingresos por concepto de pensión, y eso los obliga a presentar la declaración anual, además, al recibir dos pensiones podría resultar un impuesto mayor”, apuntó.

¿Y qué pasa con las personas que el año pasado ante la pandemia decidieron adelantar el momento de la jubilación?

Silva expuso que cuando la relación laboral termina a la mitad del año, se está en el supuesto de tener que presentar declaración.

“ Si terminaron la relación laboral por la jubilación, es decir, el trabajador decidió jubilarse, tendría que estar presentando la declaración”.

El contador recomendó a los jubilados y pensionados presentar la declaración anual:

“ Porque seguramente tienen gastos deducibles que les pueden dar como consecuencia un impuesto a favor, hay quienes estando pensionados pagan todavía colegiaturas y tiene gastos médicos y van al nutriólogo o psicólogo, esos son gastos deducibles y habrá que hacer uso del derecho a que te devuelvan porque están pagando impuestos”.

 

Con información de El Financiero.

Notas Relacionadas

Más sobre esta sección Más en Negocios

Hace 7 horas

¿Está en tu cocina? Profeco revela cuál es el mejor sazonador tras analizar varias marcas

Hace 12 horas

Medio equipo de Valkirias Takle, a Selección Nacional; tras ser campeonas de la LFM

Hace 13 horas

Defienden estímulo contra ‘gasolinazo’; sería inflación de 5%

Hace 13 horas

Mantiene EU ingreso de ganado mexicano; apertura de pasos

Hace 13 horas

Pierde Pemex en el trimestre 10.8 mmdp; reduce su deuda

Hace 13 horas

Urge revivir ProMéxico para no perder inversiones, propone Ildefonso Guajardo

Hace 13 horas

Crece PIB 0.9% y ‘sonríe’ Hacienda; prevé 2% para 2026

Hace 13 horas

Costoso, cumplir con Ley Antilavado; se requieren más recursos

Hace 13 horas

Aumenta 5.6% el crédito bancario; impulso al sector privado

Hace 13 horas

Con más de mil empresas activas, Japón se afianza como el cuarto socio más fuerte de México

Hace 13 horas

Define jueza a acreedores de Came; crisis financiera

Hace 13 horas

Destaca Arca aumento en ventas y flujo operativo; ingresos por 66.6 mmdp