Queridas amigas y amigos, de nueva cuenta concluimos la semana, en el marco del atropello de la mayoría de Morena en la Cámara de Diputados al pueblo de México, al aprobarse la extinción de 109 fideicomisos, para complacer la voluntad del Presidente.
Al titular del Ejecutivo le encanta compararse con Benito Juárez, a quien es fácil ubicar como constructor de instituciones, lo que evidentemente no es el caso del actual Mandatario, que no solo no es capaz de construir sino que destruye cuanto le es posible en materia de instituciones y para muestra lo que acabo de mencionar. No se trata de la extinción de fideicomisos como si se tratara de un concepto, hablamos de un instrumento financiero que cuenta con una figura jurídica. En el ámbito privado se trata de un contrato mercantil y financiero, donde el “fideicomitente” deposita en una institución financiera o bancaria “fiduciaria” la propiedad en este caso, de bienes o derechos, que son aprovechados y administrados a favor de un beneficiario, con fines determinados.
Para que el Gobierno pudiese responder a las demandas sociales de interés público, se trasladó la figura del fideicomiso al ámbito de la Administración Pública y por tratarse de la administración de recursos públicos -para que esto fuese una realidad- se incorporaron diversas modificaciones, reformas y adiciones en nuestro marco jurídico para prever las obligaciones de publicidad, transparencia y rendición de cuentas, previstos por ejemplo, en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, la Ley de Instituciones de Crédito , la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley Federal de las Entidades Paraestatales o la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Esta última, por cierto, establece en su Artículo 9 que los fideicomisos públicos adquieren este carácter al ser constituidos por el Gobierno, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como “fideicomitente”, con el propósito de auxiliar al Ejecutivo federal en las “atribuciones del Estado para impulsar la áreas prioritarias y estratégicas del desarrollo”.
La misma ley dispone que los fideicomisos públicos solo pueden constituirse con la autorización de la Secretaría y establece las reglas bajo las que las dependencias pueden otorgar recursos públicos a un fideicomiso. Todo está previsto por la ley, los derechos y obligaciones del fideicomitente (en este caso la entidad pública), de las fiduciarias (instituciones que reciben los bienes), así como del fideicomisario (beneficiario).
Por otra parte, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal otorga al fideicomiso el carácter de una institución pública y prevé que debe contar con una unidad de vigilancia y control que evalúe el desempeño y funciones de la entidad, a través de un comité técnico. Adicional a esto, si bien es cierto debe darse cumplimiento a las disposiciones de confidencialidad a las que están obligadas las entidades financieras, también existen disposiciones que establecen que solo las autoridades públicas pueden recabar información de las operaciones fiduciarias, con fines de fiscalización, como es el caso de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Por otra parte, el comité técnico es una figura central, ya que la institución fiduciaria queda subordinada a las decesiones del comité, que se constituye por servidores públicos y se encuentra sujeto a las disposiciones del reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Los fideicomisos no se manejan solos, ni a la buena de Dios; así es como lo quiere hacer y lo está haciendo el Presidente, gracias a la mayoría de Morena en el Congreso, en nombre de su peculiar lucha contra la corrupción y el despilfarro.
Ciertamente, la Secretaría de Hacienda, las entidades de la administración pública descentralizada, los Poderes de la Unión y los organismos autónomos, pueden constituirse como fideicomitentes, pero cuentan con elementos no solo para controlar y evaluar las actuaciones de las instituciones fiduciarias, sino que además existen mecanismos de fiscalización, esto sin menoscabo de que las instituciones fiduciarias son parte de la banca de desarrollo, que también cuentan con carácter público.
En conclusión, si realmente estuviésemos hablando de corrupción, no es con la extinción de los fideicomisos como se resuelve, pero sí es a todas luces un saqueo al pueblo de México.
Les agradezco su lectura, nos volvemos a leer la próxima semana.
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