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| ¿Quieres saber si estás exento de la declaración anual 2025? Aquí te decimos quiénes no deben hacerla. Foto: Especial

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Le dicen adiós a la Declaración Anual 2025: ¿quiénes están exentos y no deben presentarla?

  Por Grupo Zócalo

Publicado el martes, 18 de marzo del 2025 a las 15:51


Si quieres saber si estás exento de hacer declaración anual este 2025, a continuación te decimos quiénes no deben hacerla

Ciudad de México.- La declaración anual 2025 se debe realizar durante los primeros meses de este año, debido a que es una obligación fiscal para todas las personas físicas y personas morales.

Es importante hacer este proceso en tiempo y forma para evitar posibles multas y recargos que puedan afectar tu estabilidad financiera. Así que a continuación te decimos quiénes son las personas que no la deben presentar.

La declaración anual 2025 se presenta ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), consiste en un reporte detallado de todas sus operaciones contables y fiscales que se realizaron el año anterior.

Entre los requisitos indispensables para presentar tu declaración anual 2025 está el registro federal de contribuyentes (RFC), la contraseña del SAT y la firma electrónica o e.firma.

Las personas morales tienen como fecha límite el 31 de marzo de este año para presentar su declaración anual ante el SAT y las personas físicas hasta el 30 de abril.

¿Quiénes son las personas que no deben presentar su declaración anual?

Si quieres saber si entras en la lista de personas que no deben presentar su declaración anual 2025 ante el SAT, a continuación te decimos quiénes están exentos:

• Trabajadores con ingresos por salarios de un solo patrón que no superan los 400 mil pesos anuales.

• Empleados con ingresos mixtos (salarios e intereses nominales) que no superen los 20 mil pesos anuales provenientes de instituciones financieras reguladas.

• Personas sin ingresos.

• Contribuyentes del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), el cual está diseñado para personas físicas con ingresos anuales de hasta 3.5 millones de pesos y personas morales con ingresos de hasta 35 millones de pesos.

Si entras en alguna de estas características, entonces no debes presentar tu declaración anual ante el SAT y no tienes que preocuparte por alguna multa.

 

 

 

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