Coahuila

Publicado el miércoles, 13 de agosto del 2025 a las 02:53
Saltillo, Coah.- El Congreso del Estado reformará la Ley de Educación de Coahuila y otros ordenamientos para precisar sanciones penales y administrativas contra las instituciones educativas, sus representantes o directivos, por impartir carreras y especialidades sin contar con el Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios.
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La impartición de programas sin RVOE no sólo vulnera el derecho de los estudiantes a una educación válida y reconocida, sino que constituye una infracción grave que debe ser sancionada con mayor rigor y eficacia”, señalaron diputadas y diputados.
La legislación vigente carece de mecanismos claros para imponer multas, clausuras y otras sanciones para castigar de manera ejemplar a las instituciones que incurren en esa práctica y que desprestigian el sistema educativo estatal.
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Es indispensable reformar el marco jurídico estatal donde se establezca cómo tipificar como infracción grave o incluso delito administrativo o penal la impartición de programas educativos sin RVOE o sin cubrir estándares mínimos de calidad, establecer multas severas, clausura definitiva o responsabilidad administrativa o penal a las personas físicas o morales que incurran en estas prácticas”, coincidieron los legisladores.
Asimismo, se requiere fortalecer la vigilancia y fiscalización educativa a través de órganos autónomos o colegiados que verifiquen el cumplimiento de los requisitos de calidad académica, así como otorgar a las autoridades educativas estatales facultades para sancionar, suspender y cancelar actividades irregulares.
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Permitir la operación de programas sin RVOE, además de fraudulento, representa una estafa académica que impacta en la movilidad, empleabilidad y desarrollo profesional de los jóvenes”.
La Comisión de Educación, Cultura, Familias, Desarrollo Humano y Actividades Cívicas dictaminó que la proliferación de instituciones que imparten programas académicos sin el RVOE o sin cubrir estándares mínimos de calidad afectan la preparación de los estudiantes y el desarrollo económico y social de Coahuila y del país.
Actualmente, el Artículo 48 de la Ley General de Educación Superior señala que “la oferta de programas de educación superior por parte de particulares requerirá del RVOE, conforme a las disposiciones aplicables”.
En tanto, el Artículo 49 establece que “las autoridades competentes podrán cancelar el RVOE cuando se incurra en irregularidades graves o se incumplan los requisitos de calidad educativa establecidos por la ley”.
Antecedente
El pasado 24 de junio, el diputado Alfredo Paredes López planteó que las cámaras de Senadores y de Diputados analicen reformas legislativas para sancionar con severidad a las universidades que imparten carreras y posgrados sin contar con el RVOE, ni la calidad mínima exigida por los estándares nacionales.
Argumentó que hay instituciones educativas que imparten carreras profesionales, especialidades, maestrías y doctorados sin cubrir requisitos de ley, y operan sólo como negocio y lucro sin importar la calidad educativa, la plantilla de maestros no está calificada y las instalaciones son inadecuadas.
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