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| El Tribunal Colegiado notificó mediante lista de acuerdos la revocación del amparo promovido por Lorenzo Menera y exintegrantes del Consejo Directivo del Simas.

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Nombrará Cabildo nuevo Consejo de Simas

  Por Grupo Zócalo

Publicado el sábado, 28 de febrero del 2026 a las 04:10


Tribunal Colegiado ordena dejar sin efecto resolución previa y obliga a integrar un nuevo órgano directivo

Piedras Negras, Coahuila.- Las autoridades municipales fueron notificadas ayer, mediante la lista de acuerdos del Tribunal Colegiado en Materia Administrativa y Civil del Octavo Circuito, sobre la revocación del amparo promovido por Lorenzo Menera y exintegrantes del Consejo Directivo del Sistema Municipal de Aguas y Saneamiento (Simas) de Piedras Negras, con el cual buscaban evitar su destitución.

La notificación corresponde a la sentencia dictada dentro del Amparo en Revisión 871/2025, mediante la cual se revocó la resolución previamente concedida por el Juzgado Tercero de Distrito en Piedras Negras, Coahuila, dentro del Juicio de Amparo 1077/2025.

El Tribunal determinó además sobreseer el juicio al actualizarse la causal de improcedencia relativa al principio de definitividad, obligación que correspondía a Lorenzo Menera Sierra y a los exconsejeros promoventes.

Se mantiene vigente acuerdo de Cabildo

Tras esta resolución judicial, quedó firme, válido y subsistente el acuerdo aprobado durante la segunda sesión ordinaria de Cabildo celebrada el 30 de septiembre de 2025, mediante el cual se declaró la carencia de efectos jurídicos de la instalación del Consejo Directivo de Simas para el periodo 2025–2027.

Procede convocatoria a sesión extraordinaria

Con este fallo, corresponde ahora al Ayuntamiento en pleno —a través de regidores y síndicos— convocar a una sesión extraordinaria de Cabildo para nombrar la integración definitiva de un Consejo Directivo del Simas que cumpla con lo establecido en el Artículo 24 de la Ley de Aguas del Estado de Coahuila de Zaragoza.

La resolución judicial pone fin al litigio que impedía la regularización del organismo operador y abre el proceso para que el sistema funcione con un órgano de gobierno plenamente legal y legítimo, garantizando certeza jurídica en la toma de decisiones y en la prestación del servicio de agua potable y saneamiento en el municipio.

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