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| Luis Liñán, Abogado especializado en temas mercantiles.

Monclova

Prohibidas transacciones millonarias en efectivo

  Por Milton Malacara

Publicado el sábado, 2 de agosto del 2025 a las 04:11


La denuncia del robo de 1.5 millones de pesos en un hotel de Monclova, abrió un debate sobre las transacciones en efectivo y las regulaciones

Monclova, Coah.- La denuncia del robo de 1.5 millones de pesos en un hotel de Monclova, abrió un debate sobre las transacciones en efectivo y las regulaciones de la Ley Antilavado, por lo que el abogado especializado en temas mercantiles, Luis Liñán, señaló que una operación inmobiliaria con una suma en efectivo superior a los 6 millones de pesos, está prohibida, lo que podría acarrear serias responsabilidades para las partes involucradas.

Según Liñán, la responsabilidad no recae únicamente en la persona que vendió el inmueble, sino también en el notario público que certificó el contrato de compraventa, si éste no reportó la transacción a las autoridades.

El especialista explicó que la ley obliga a los notarios a dar aviso a la Secretaría de Hacienda cuando los montos exceden los 16 mil salarios mínimos; una cantidad que ronda los 4.5 millones de pesos.

“Cuando la transacción es superior a los 16 mil salarios mínimos, que son una cantidad mayor de 4 millones y medio de pesos, los Notarios están obligados a dar aviso a la Secretaría de Hacienda, así lo marca la Ley Antilavado de dinero”, afirmó.

Destacó que si son montos menores a la cantidad que se establece, el Notario Público que se haga cargo del caso debe de dejar establecido en la escritura el monto estipulado o la cantidad de la transacción en la escritura o en documento que se está desarrollando.

Obligado solidario

Comentó que ante una operación de este monto, la ley estipula que es obligado solidario, por lo que se le fincaría una responsabilidad de no dar aviso porque tiene medios sencillos para dar aviso a la Secretaría de Hacienda como los medios electrónicos, por lo que si lo omite es factible que se le aplique una sanción por la Ley del Notariado y la Ley de Prevención e Identificación de Operaciones Ilícitas, que es la Ley Antilavado.

“El Notario está obligado a dar aviso a Hacienda cuando el monto de la transacción sea mayor a los 4 y medio millones de pesos, de no hacerlo, el Notario se convierte en un cómplice solidario y podría enfrentar sanciones por la Ley del Notariado y la Ley Antilavado, que le exigen utilizar medios electrónicos para reportar este tipo de operaciones”.

Sospechoso robo

Además, Liñán puso en entredicho la veracidad del robo, destacando que no es lógico que alguien con una suma tan grande de dinero se aloje en un hotel.

“No es factible que una persona que realizó una operación de seis millones de pesos realice un recorrido por calles, carreteras y menos se quede en la habitación de un hotel”, argumentó.

El Abogado concluyó que si el portador del dinero fuera detenido en un retén, las autoridades le confiscarían los fondos hasta que pudiera demostrar su procedencia lícita.

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