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| Si la queja o denuncia es infundada o maliciosa se deberá restituir de manera inmediata al personal docente en su función. Foto: Zócalo | Sebastián López

Coahuila

Proponen ley en Coahuila para proteger a maestros de acusaciones falsas y linchamientos en redes

  Por Ernesto Acosta

Publicado el lunes, 1 de septiembre del 2025 a las 14:26


Morena presentó la Ley para la Protección de la Integridad y Derechos de las y los Trabajadores de la Educación en Coahuila

Saltillo, Coah.— Morena presentó la Ley para la Protección de la Integridad y Derechos de las y los Trabajadores de la Educación en Coahuila, para defenderlos contra acusaciones infundadas y difamaciones que pueden marcarlos de por vida, informó la diputada Magaly Hernández Aguirre.

Y que quede claro. Esta ley que propongo no busca encubrir o solapar actitudes o conductas indebidas o ilegales, ni dificultar el derecho al acceso a la justicia pronta y expedita. Lo que esta propuesta de ley sí busca, es garantizar que el personal docente no quede en la indefensión frente a acusaciones infundadas, difamaciones, amenazas o persecuciones mediáticas”.

Busca proteger a los docentes frente a los juicios sumarios y a los linchamientos cobardes en las redes sociales”.

En ocasiones, argumentó, el personal docente sufre acoso y despido injustificado y se ha documentado que gran parte de las denuncias que enfrentan son infundadas, sin embargo, cientos han sido suspendidos de sus funciones sin investigación previa, lo que afecta su vida profesional y personal.

Para muchas maestras y maestros, ser señalados y acusados falsamente no sólo implica la separación de sus cargos, sino también recibir amenazas hacia ellos y sus familias, inclusive en sus domicilios”.

En las redes sociales, donde el anonimato muchas veces cobija a los miserables y cobardes, se multiplican los insultos hirientes. Cuando se logra demostrar su inocencia, el retorno a las aulas y a la normalidad es casi imposible, porque su reputación y credibilidad quedan lastimadas con heridas profundas”.

Protocolo de actuación

La iniciativa, basada en una ley aprobada recientemente en Morelos, contempla crear el Protocolo Estatal para la Atención y Evaluación Preliminar de Quejas Administrativas o Escolares contra el Personal Docente, para la atención oportuna de quejas, que no interfiere o limita la actuación en materia penal.

Incluye medidas precautorias para evitar afectación laboral o personal irreversibles; mecanismos para canalizar a instancias penales, civiles o de derechos humanos; salvaguardas de imparcialidad, legalidad, enfoque de género y derechos humanos, y atención especializada y sin revictimizar a niñas, niños y adolescentes.

Si la queja o denuncia es infundada o maliciosa se deberá restituir de manera inmediata al personal docente en su función o cargo; se garantiza respetar el cargo, condiciones laborales y pago correspondiente, sin afectar sus derechos laborales durante el proceso y hasta su resolución definitiva.

Ofrecer al personal asesoría psicológica, jurídica y administrativa por parte del personal de la Secretaría de Educación. En todo caso, no se considerará dolosa ni infundada la queja que provenga de niñas, niños o adolescentes, sino que se presumirá buena fe y veracidad de lo declarado; sólo una autoridad jurisdiccional competente podrá calificar una queja como maliciosa, previa valoración de pruebas.

De las quejas maliciosas

Cuando se adviertan elementos que hagan presumir la posible comisión de un delito, las instituciones dependientes de la Secretaría de Educación levantarán un acta circunstanciada de los hechos y darán vista al Ministerio Público para los efectos legales conducentes.

Esta remisión no prejuzga sobre la culpabilidad de persona alguna, ni sustituye las funciones de investigación que corresponden exclusivamente al MP. En estos casos, será aplicable lo dispuesto en los artículos 363 y 389 del Código Penal.

El 363 castiga con 4 a 7 años de prisión y con 750 a mil 500 días multa a quien emita declaraciones falsas en la investigación de un delito o proceso pena para perjudicar o beneficiar a una o más personas

El 389 sanciona con 2 a 4 años de cárcel y con 500 a mil días multa, a quien haga una o más imputaciones que sabe son falsas contra un servidor público, para iniciar contra él un procedimiento, proceso o juicio.

OBJETIVOS:

-Brindar apoyo jurídico y psicológico al personal docente frente a quejas infundadas o maliciosas, salvaguardando sus derechos humanos y laborales, integridad personal, reputación profesional y estabilidad laboral.

-Garantizar la presunción de inocencia hasta que exista resolución firme emitida por autoridad competente.

-La persona no podrá ser tratada como responsable ni sufrir consecuencias laborales o sociales derivadas del proceso, sin previa resolución definitiva.

-La presunción de inocencia no limitará ni obstaculizará el acceso a la justicia ni a la protección de niñas, niños y adolescentes, quienes deberán ser atendidos y escuchados en cualquier proceso por denuncia de violencia, abuso, maltrato o cualquier forma de afectación.

-El docente tendrá derecho al debido proceso y defensa jurídica adecuada.

-Prevenir la criminalización injustificada del magisterio.

-Informar sobre consecuencias legales por quejas o denuncias infundadas y maliciosas.

-Canalizar a niñas, niños, adolescentes, padres, madres o tutores, a la Procuraduría para Niños, Niñas y la Familia para su acompañamiento institucional y atención psicológica.

-Emprender campañas para prevenir conductas inadecuadas e incentivar la denuncia responsable y el apego a la verdad.

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