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¿Qué pasa si cobro la Pensión del Bienestar de un fallecido? Ojo, evita problemas

  Por Grupo Zócalo

Publicado el viernes, 9 de mayo del 2025 a las 18:04


Aunque parezca inofensivo, cobrar la Pensión del Bienestar de alguien fallecido tiene consecuencias legales. Te decimos qué hacer para evitarlo

Ciudad de México.- Todos ubicamos la Pensión del Bienestar, como una ayuda económica otorgada por el Gobierno de México a los adultos mayores, pero, ¿qué pasa cuando un beneficiario muere? Te decimos los pasos que debes seguir y los riesgos cobrar la Pensión del Bienestar tras un fallecimiento.

Aunque la mayoría pensamos en los “abuelitos” a la hora de hablar de la Pensión del Bienestar, la realidad es que este programa también aplica para personas con discapacidad y otros grupos vulnerables, como las madres trabajadoras.

El objetivo es brindarles acceso a un ingreso económico, pues muchas veces no cuentan con un ingreso estable, ya sea por enfermedad o su edad. De esta forma, también se promueve su bienestar, pues les permite comprar alimentos, medicinas y cubrir otras necesidades básicas.

Los apoyos van de los 3 mil pesos a los 6 mil 200 pesos bimestrales, según el tipo, y se entregan de en una tarjeta del Banco del Bienestar. Esto permite hacer retiros en el cajero automático y ventanillas bancarias, además de realizar compras en diferentes establecimientos.

Gracias a la tarjeta, los hijos o cuidadores puedan retirar dinero de los cajeros, sin necesidad de que la persona acuda. Sin embargo, también implica un riesgo, pues podría darse un mal uso, por ejemplo, seguir retirando dinero después del fallecimiento del beneficiario.

 

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¿Puedes seguir cobrando la pensión del Bienestar de alguien fallecido?

Cobrar la Pensión del Bienestar de alguien que falleció, sí es posible, si tienes la tarjeta y clave, pero eso no significa que sea legal. En realidad, hacerlo es considerado un delito de fraude que puede llevarte a enfrentar sanciones administrativas y penales.

Se considera fraude, porque estás obteniendo un beneficio económico de forma indebida, engañando al Estado. Esto se asocia con que continúas usando la tarjeta bancaria de alguien fallecido, si no es que también documentos que acreditan su supervivencia.

En consecuencia, podrías enfrentarte a una multa económica e incluso pena de cárcel, dependiendo el monto que hayas obtenido y la intención con lo que le hiciste.

Asimismo, además de suspender el pago a esa cuenta, es muy probable que te pidan regresar el dinero que cobraste de forma indebida. Finalmente, en algunos casos, podrían evitar que recibas apoyos sociales en un futuro.

De acuerdo a la ley, los familiares están obligados a notificar el fallecimiento del beneficiario a la Pensión del Bienestar. Por lo tanto, no hacerlo te meterá en problemas, pues constantemente se está actualizando el padrón de beneficiarios.

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¿Qué hacer si un beneficiario de la Pensión del Bienestar fallece?

Acude al Módulo del Bienestar que le correspondía al beneficiario con el acta de defunción e identificación oficial del fallecido, además de un comprobante de domicilio, tu identificación oficial y un documento que acredite su parentesco.

Otra opción es reportar el fallecimiento en la línea del Bienestar (800 639 4264). Eso sí, la persona que debe hacerlo es un familiar directo o quien esté registrado como auxiliar.

Cancela la tarjeta del Bienestar. Puedes hacerlo acudiendo personalmente a una sucursal del Banco del Bienestar o comunicándote a su línea de apoyo (800 900 2000) para reportar la muerte del beneficiario.

Solicita el pago de marcha, un apoyo que te ayudará a cubrir los gastos funerarios de tu familiar.

Cuando alguien muere, es muy común no tener cabeza para la cantidad de trámites que se nos vienen encima. Sin embargo, en caso ser beneficiario de la Pensión del Bienestar, es fundamental reportar su muerte lo antes posible y, sobre todo, no seguir haciendo uso de su tarjeta.

¿Qué es el pago de marcha?

Los familiares directos de los beneficiarios de la Pensión para el Bienestar de adultos mayores y personas con discapacidad permanente, tienen derecho a un pago de marcha. Este es apoyo económico único para cubrir los gastos relacionados con el funeral.

Este pago solo puede ser solicitado por un familiar directo, un representante o auxiliar. Estos últimos deben haber sido designados desde la inscripción al programa.

Para solicitar el pago de marcha, necesitas los mismos documentos que se utilizan para la baja de la Pensión del Bienestar: acta de defunción, identificación oficial del beneficiario, identificación oficial del solicitante, comprobante de parentesco y comprobante de domicilio reciente.
 

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¿Cómo tramitar el pago de marcha de la Pensión del Bienestar?

Acude al Módulo de Bienestar más cercano a tu domicilio con los documentos necesarios, incluyendo la tarjeta del Bienestar del beneficiario fallecido.

Llena el formulario de solicitud con tus datos personales y los del beneficiario.

Recibe y guarda el comprobante del trámite, pues servirá como constancia de la solicitud.

Espera la resolución, que puede llevar algunas semanas, el tiempo que les toma a las autoridades verificar los documentos y la situación del fallecido en el padrón de beneficiarios.

Una vez aprobada la solicitud, recibirás el pago de marcha. Esto puede ser a través de una transferencia bancaria o en efectivo.

Ojo, es importante tomar en cuenta que uno de los requisitos para recibir el pago de marcha, es notificar el fallecimiento y hacer la solicitud, dentro de los dos bimestres siguientes a que este ocurra.

Continuar cobrando la Pensión del Bienestar de una persona fallecida, puede parecer inofensivo, pero puede meterte en muchos problemas. Evítalo reportando su muerte a tiempo, de esta forma, podrás recibir un apoyo para los gastos funerarios.

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