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Coahuila

Quiero escriturar y quien me vendió ya murió

Por Columnista Invitado

Hace 3 años

Es un gusto saludarles nuevamente por este medio, recuerden que éste espacio busca crear una cercanía entre un Servidor y Ustedes Lectores, para con ello disipar las dudas que amablemente nos hacen llegar; esta ocasión nos escribe un(a) Amigo(a) que no nos proporciona su nombre, lo siguiente:

“Amigo Notario, iba a vender un terreno que compré hace varios años y al quererlo vender nos dimos cuentas que nunca arregle mis escrituras, y que sólo tenía una carta notariada de compraventa. Ahora que busque al vendedor me enteré que ya murió. ¿Que puedo hacer para poner las escrituras a mi nombre?”

Amigo (a), gracias por escribirme, desgraciadamente en el paso del tiempo se han venido haciendo contrato privados o simulación de actos jurídicos, que se complican con el paso del tiempo.

Como siempre les he recomendado, la forma correcta de comprar o vender un bien inmueble es por medio de un contrato de compraventa en escritura pública.

En esas escrituras públicas se consignan los términos bajo los cuales realizan las compraventas, y el notario público da fe de la comparecencia de las partes, así como verifica las formas del contrato.

Al celebrar los contratos de compraventa en escritura pública se da certidumbre jurídica a las partes que en ellos intervienen.

En su caso, al tratar de realizar la traslación de dominio, o como comúnmente se conoce “cambio de propietario”, se exige que sea mediante una escritura pública.

En una escritura pública de compraventa es necesario la comparecencia tanto de vendedor como de comprador, y que aquí es donde se complica un poco su situación.

Para poder disponer de los bienes de una persona que ha muerto es necesaria la tramitación de su sucesión, ya sea testamentaria o intestamentaria.

Si Usted conoce a los herederos de quien le vendió, pudiera llegar a un acuerdo con ellos para que después de hacer el trámite de la sucesión otorguen la escritura pública y formalicen la compraventa que anteriormente se celebró con el autor de la herencia.

Si no es posible solucionar el asunto de esta forma, lamentó decirle que se requerirá acudir ante un Juzgado para solicitar el otorgamiento de la escritura definitiva, o bien que un abogado le asesoré de acuerdo a la situación particular.

Es por ello que insisto en que acudamos siempre a consultar sobre situación relevantes como lo es la compra de un inmueble.

Le recomiendo acudir ante el Notario de su confianza y poder analizar a detalle su situación.

Agradezco la oportunidad que me dan para aclarar sus dudas, y me reitero a sus apreciables órdenes, enhorabuena Amigos!

 

NICANOR MOYEDA FRÍAS

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