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Coahuila

Quiero proteger una propiedad donada a mi hijo

Por Columnista Invitado

Hace 5 años

Es un gusto saludarles nuevamente por este medio, recuerden que este espacio busca crear una cercanía entre un servidor y ustedes lectores, para con ello disipar las dudas que amablemente nos hacen llegar; esta ocasión nos escribe nuestra amiga Josefina, lo siguiente:

“Amigo Notario voy a regalarle una propiedad a mi hijo, pero quiero que quede algo escrito donde su esposa no puede disponer de la propiedad o que no se la pueda reclamar a mi hijo”.

En las siguientes líneas le explicaré algunos detalles sobre el matrimonio, ya que desde ahí podremos aclarar su duda de una manera muy sencilla.

El matrimonio es un contrato por el cual creamos derechos y obligaciones con nuestros cónyuges.

Existen dos tipos de regímenes en el matrimonio que son la separación de bienes y la sociedad conyugal.

En el régimen de separación de bienes lo que adquiere cada cónyuge es su propiedad sin tener acceso la pareja y sin necesitar del consentimiento del otro para poder venderla o donarla o disponer de cualquier modo de sus bienes.

En la sociedad conyugal, todos los bienes que se adquieren durante el matrimonio por los cónyuges pertenecen a ambos. 

Otro punto importante es que los bienes que son adquiridos por donación o herencia por uno de los cónyuges, no son susceptibles de la sociedad conyugal (esto independientemente del régimen patrimonial del matrimonio de su hijo).

Con lo que ahora le he explicado espero usted se sienta más tranquila en realizar la donación a su hijo, en el entendido que cuando recibimos un bien por donación, ese bien no es susceptible de reclamarlo por el socio conyugal.

Le recomiendo acudir con el notario de su confianza para que él pueda asesorarle y le haga saber los requisitos necesarios para realizar la donación.

Agradezco la oportunidad que me dan para aclarar sus dudas y me reitero a sus apreciables órdenes. ¡Enhorabuena amigos!

 

Nicanor Moyeda Frías

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