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SAT desmiente rumores sobre bloqueo masivo de cuentas bancarias

  Por Milenio

Publicado el sábado, 17 de enero del 2026 a las 17:46


A través de un comunicado el SAT desmintió los rumores que han circulado recientemente.

Ciudad de México.- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) desmintió los rumores que han circulado recientemente sobre una supuesta medida para congelar de manera masiva cuentas bancarias en las primeras semanas de este año.

A través de un comunicado, el órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) reiteró lo siguiente:

“Es totalmente falso que esta institución cuente con una ‘atribución extraordinaria’ para llevar a cabo un bloqueo masivo de cuentas bancarias a personas con supuestos adeudos con el fisco.

“El SAT no incrementa sus fiscalizaciones en el mes de enero, ni mucho menos de manera arbitraria, como se pretende hacer creer en algunas notas”, se lee en el documento.

También puntualizó que no realiza bloqueos de manera inmediata de cuentas de usuarios con supuestos “incumplimientos fiscales o irregularidades en movimientos bancarios”.

De igual forma, el organismo tributario reafirmó su compromiso de actuar siempre con transparencia, con respeto a las normas fiscales, a los actos procesales y a los derechos de los contribuyentes.

¿Qué dice el marco legal vigente?

De acuerdo con el marco legal vigente en México, el procedimiento de inmovilización de depósitos bancarios está estrictamente regulado por el Código Fiscal de la Federación (CFF), específicamente en el artículo 156-Bis.

Este artículo establece que la autoridad fiscal solo puede proceder a la inmovilización de depósitos bancarios, seguros o cualquier otro depósito en moneda nacional o extranjera en los siguientes casos:

Cuando existan créditos fiscales firmes (es decir, adeudos determinados y notificados que no han sido pagados ni garantizados en el plazo legal).

Como medida precautoria durante el ejercicio de facultades de comprobación (auditorías o revisiones), siempre que se cumplan los requisitos legales para asegurar el pago de posibles créditos fiscales.

Además, el SAT debe notificar previamente al contribuyente, quien tiene derecho a presentar garantías, defensas o recursos legales.

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