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¿Si terminé de pagar mi casa necesito otras escrituras?

Por Columnista Invitado

Hace 5 meses

Nicanor Moyeda Frías

 

Es un gusto saludarles nuevamente por este medio, recuerden que éste espacio busca crear una cercanía entre un Servidor y Ustedes Lectores, para con ello disipar las dudas que amablemente nos hacen llegar; esta ocasión nos escribe el señor Jesús, lo siguiente:

«Amigo notario, ya terminé de pagar mi casa al banco y ahora quiero saber si me van a arreglar ya mis escrituras o me darán unas nuevas”.

Amigo Jesús, muchas felicidades por haber terminado con su obligación de pagar el crédito con el que compró su casa, voy a explicarle brevemente algunos tópicos relacionados.

La hipoteca es un derecho real que se constituye sobre bienes inmuebles y sus accesorios y pertenencias, para garantizar el cumplimiento de una obligación y su preferencia en el pago. Aún y que los bienes hipotecados no se entregan al acreedor, si quedan sujetos al gravamen que se impone al constituir la hipoteca.

Algunos bancos otorgan créditos para adquirir viviendas (conocidos como créditos hipotecarios), y para garantizar que se va a cumplir con los pagos se constituye una hipoteca sobre la vivienda que se compra con la obtención del crédito, entonces en el Registro Público de la Propiedad Usted aparece como propietario, pero con la hipoteca que se constituye como garantía, esto con la finalidad que su propiedad asegure que se cubrirá el adeudo con quien le ha prestado el dinero para obtener dicha propiedad.

Para el caso de su crédito con el Banco (aun y que no me ha dicho con qué Banco se obtuvo el crédito), al terminar de pagar, Usted debe de acudir a la sucursal bancaria a solicitar la instrucción notarial para la cancelación de hipoteca y dependiendo de cada Institución Bancaria requerirán distinta información.

La cancelación de hipoteca a la que me he referido consiste en la escritura pública que otorgará el Banco donde se hace constar que Usted no tiene adeudo y que al inscribirse en el Registro Público dejará a su propiedad libre de gravamen; esto quiere decir que Usted ya puede disponer de su propiedad después de ese momento y que ya no está hipotecada.

Al haber terminado de pagar, no es necesario hacer unas nuevas escrituras, sino cancelar la hipoteca que pesa sobre la propiedad.

Agradezco la oportunidad que me dan para aclarar sus dudas, y me reitero a sus apreciables órdenes, enhorabuena Amigos!

Envía tus dudas al Notario Amigo

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www.notariatrece.com

LADA sin costo 01-800-507-3266

twitter: @nicomoyeda

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