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Burritos, hamburguesas, gorditas, tacos y tamales también pagarán IVA, ¿por qué?

  Por Agencias

Publicado el jueves, 25 de junio del 2015 a las 19:27


Los alimentos preparados que venden las tiendas de conveniencia y minisupers podrán subir de precio

México.- Los alimentos preparados que venden las tiendas de conveniencia y minisupers así como en autoservicios y otros establecimientos, podrán subir de precio una vez que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) hizo la aclaración que deben pagar 16% del impuesto al valor agregado (IVA).

Aunque la Ley del IVA lo establece, muchos de éstos establecimientos no lo están cobrando y al ponderarlo en la Tercera resolución miscelánea, podrán ser sujetos de un cambio en su precio, advirtió el fiscalista, Héctor Ortega.

El integrante de la Comisión de Apoyo al Ejercicio Independiente del Colegio de Contadores Públicos de México, explicó que existía controversia sobre si se debería pagar el impuesto por ser alimentos que no se consumen en el mismo lugar como un restaurante.

Pero el SAT ya puntualizó que son sujetos del gravamen lo que quiere decir que no lo estaban cobrando y que ajustarán sus precios en perjuicio del público que los consume.

“Lo más seguro es que no les estaban cargando el IVA y ahora lo que va a pasar es que van a subir de costo porque al aclararlo, lo van a tener que repercutir a los consumidores”, advirtió.

Se trata de alimentos como los burritos, chapatas, pepitos, hamburguesas, gorditas, quesadillas, tacos, flautas y sándwiches, emparedados, baguettes, tortas, paninis, sushi, hot cakes, alitas, molletes y tamales entre otros.

El fiscalista dijo que la indicación va dirigida sobre todo a tiendas como Oxxo, 7-Eleven y locales dentro de los supermercados que venden alimentos en donde el cliente puede prepararse el hot dog y las sopas instantáneas, sushi, pizzas, bocadillos, cuernitos, que se ofrecen en áreas de comida rápida.

No pagan IEPS

Sin embargo, mencionó que hay una desventaja entre esos establecimientos y los puestos ambulantes si pensamos en antojitos mexicanos como quesadillas y gorditas, porque unos están obligados a cobrarlo y los otros no. “Si un local tiene esos productos, sí aplica; pero para todos debería ser incluyendo a los que están en la vía pública”, consideró.

El SAT recordó que la venta de estos alimentos no afecta al Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), de 8% que se aplica a la llamada comida chatarra, ya que la actividad principal es una prestación de servicios y no una simple venta.

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