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Notimex
Publicado el miércoles, 5 de agosto del 2015 a las 00:57
México.- El Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt) expulsó e inhabilitó hasta por 20 años a Rodrigo Núñez Arancibia y Juan Pascual Gay, miembros del Sistema Nacional de Investigadores (SNI), luego de ser acusados de plagio.
“Ante los señalamientos recientes de presuntas faltas éticas de dos miembros del Sistema Nacional de Investigadores (SNI), se ha realizado el proceso administrativo que contempla el reglamento vigente”, informa el Conacyt en un comunicado.
El organismo indica que no tolerará faltas éticas que ponen en duda la integridad del SNI, por lo que el reglamento contiene los elementos necesarios para atender cualquier irregularidad y actuar con todo el “rigor” ante casos de faltas serias como el plagio.
“En el Sistema Nacional de Investigadores se parte de la suposición de que quienes solicitan su ingreso o permanencia en el sistema e interactúan con las oficinas que los atienden en Conacyt, lo hacen invariablemente de buena fe, realizan sus gestiones en forma respetuosa y aportan información verídica” señala.
Detalla que las comisiones evaluadoras del SNI que integran investigadores distinguidos evalúan la calidad de la obra presentada, pero sin cuestionar los procedimientos ni de la revista que publica ni de la universidad que dio el grado, basados en catálogos de calidad de revistas e instituciones.
“Es importante resaltar que las comisiones, que toman sus decisiones en forma colegiada, se apoyan en los mecanismos institucionales y editoriales, que cuentan con criterios de autenticidad”, indica el Conacyt.
“Se presume además, que en su actividad cotidiana, los miembros del SNI se comportan según las normas éticas que caracterizan a los miembros de la comunidad científica en todo el mundo”, añade.
Por lo que el Conacyt señala que ningún criterio o procedimiento de evaluación debe ser tomado como una excusa para cometer una falta de ética.
“El reglamento vigente establece que toda la información que se presente deberá ser verídica y comprobable y que en caso de encontrarse falta dolosa a la veracidad en la información suministrada, el expediente será remitido a la Junta de Honor para acreditar responsabilidad”, expone.
El Conacyt puntualiza que si bien se tiene confianza en la buena fe de los investigadores, el reglamento contempla cómo atender cualquier caso en que se abuse de esa confianza y se presente alguna irregularidad por algún miembro del sistema, en este caso el plagio.
Por ello, la Junta de Honor que integra cinco miembros del SNI determinó sancionar a Núñez Arancibia y Pascual Gay con la pérdida de la distinción como miembro del SNI y los imposibilitó de reingresar hasta por 20 años.
“Es importante realizar una comunicación pública para contribuir a que este tipo de conducta no vuelva a cometerse. También es importante dejar claro que una expulsión del SNI imposibilita a recibir apoyo alguno del Conacyt”, resalta.
El Conacyt refiere que los dos denunciados tuvieron el tiempo necesario para ejercer su derecho de audiencia y ambos reconocieron a la Junta su responsabilidad en los hechos, por lo que no dejaron duda al respecto.
El pleno del Consejo de Aprobación manifestó su voluntad unánime en preservar la integridad y honorabilidad del SNI y no permitir que un caso como este quede impune.
“Cualquier caso de esta naturaleza que sea denunciado al SNI seguirá el mismo procedimiento anteriormente descrito, y se actuará con todo rigor y objetividad, respetando como siempre el derecho de defensa de los sujetos implicados”, asegura.
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