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Publicado el martes, 11 de agosto del 2015 a las 14:02
México, DF.- Al 31 de marzo de 2015, mil 376 casas de empeño se han registrado en la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), de acuerdo con el Diario Oficial.
Cada año, la Profeco debe publicar por este medio la lista de los proveedores inscritos en el Registro Público de Casas de Empeño, que se encuentra en su sitio web, para que el público consulte los datos de las entidades, así como los formatos de contratos de adhesión que celebran con sus clientes.
La lista publicada ayer en el Diario Oficial ampara los proveedores que han logrado su registro hasta el 31 de marzo de 2015.
Para organizarse y operar como casa de empeño se requiere la inscripción en el registro de Profeco y no hacerlo se considera como infracción particularmente grave y se sanciona conforme a lo dispuesto en el artículo 128 Bis de la Ley de Profeco.
En él se menciona que la Profeco podrá sancionar con clausura total o parcial, la cual podrá ser hasta de 90 días y con multa de 133 mil 298 pesos a 3.7 millones de pesos.
Para incorporarse al registro de Profeco, las casas de empeño deben presentar solicitud por escrito dirigida a este organismo con nombre, denominación o razón social de la casa de empeño y, en su caso, del representante legal.
A la vez, deberá incluir su Registro Federal de Contribuyentes y domicilio del establecimiento matriz o de las oficinas en las que se asiente la administración de la casa de empeño.
Asimismo, las personas morales tendrán que presentar los documentos con los que se acredite su constitución y la personalidad jurídica de su representante.
Según la Ley de Profeco, las entidades deberán acompañar copia del formato de contrato de adhesión que se utilizará para las operaciones de mutuo con interés y garantía prendaria.
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