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Sedena otorgará permisos para que extranjeros porten armas en México

  Por Agencias

Publicado el sábado, 23 de mayo del 2015 a las 05:09


El decreto entrará en vigor un día después de su publicación a través del DOF, mañana 23 de mayo

México.- La Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) otorgará permisos temporales para ingreso y portación de armas en el país a servidores públicos extranjeros de migración o aduanas, así como a los encargados de la seguridad de un jefe de Estado o de gobierno en una visita oficial.

De acuerdo al decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación sobre la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, se podrá autorizar la utilización de armas, municiones y materia para uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea, por justificación de necesidad, a quienes desempeñen cargos de la federación, entidades federativas o municipios, así como a servidores públicos extranjeros.

El documento aclara que a los extranjeros sólo se les podrá autorizar la portación de armas cuando acrediten su calidad de residentes permanentes, salvo en los casos de permisos de licencia temporal para turistas con fines deportivos.

De igual forma podrá expedir permisos extraordinarios de ingreso y portación temporal de armas de fuego a servidores públicos extranjeros de migración o aduanas.

Para hacer el trámite, deberán solicitarlo con 15 días de anticipación al inicio de la comisión, y las secretarías de Gobernación o de Hacienda y Crédito Público deberán tramitar ante la Sedena el permiso, el cual tendrá una vigencia de seis meses y podrá renovarse semestralmente.

Con las reformas a la Ley, la Defensa Nacional también tiene la facultad de otorgar permisos extraordinarios de ingreso y portación temporal de armas de fuego a los servidores públicos extranjeros que acompañen como agentes de seguridad, en visitas oficiales, a Jefes de Estado, de gobierno, ministros o equivalentes.

Dicho permiso deberá ser tramitado por la secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) con 15 días de anticipación al inicio de la visita y a solicitud del Estado o sujeto de derecho internacional correspondiente; y su vigencia será durante el tiempo de la comisión.

Finalmente, aclara que el decreto entrará en vigor un día después de su publicación a través del DOF, es decir, mañana sábado 23 de mayo.

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