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Coahuila

¿Qué se debe de hacer al liquidar un crédito hipotecario?

Por Columnista Invitado

Hace 6 años

Nicanor Moyeda Frías

Es un gusto saludarles nuevamente por este medio, recuerden que este espacio busca crear una cercanía entre un servidor y ustedes lectores, para con ello disipar las dudas que amablemente nos hacen llegar; esta ocasión nos escribe el señor Alonso lo siguiente:

“Amigo notario, hace un tiempo acabo de terminar de pagar al banco mi crédito hipotecario y quiero tener mis escrituras, ¿qué debo hacer para tener mis escrituras y qué tan tardado es?”

Mi reconocimiento por haber terminado de pagar su crédito hipotecario, en las siguientes líneas trataré de dar respuesta a su pregunta.

La hipoteca es un derecho real que se constituye sobre bienes inmuebles y sus accesorios y pertenencias, para garantizar el cumplimiento de una obligación y su preferencia en el pago. Aun y que los bienes hipotecados no se entregan al acreedor, sí quedan sujetos al gravamen que se impone al constituir la hipoteca.

Algunos bancos otorgan créditos para adquirir viviendas (conocidos como créditos hipotecarios), y para garantizar que se va a cumplir con los pagos, se constituye una hipoteca sobre la vivienda que se compra con la obtención del crédito, entonces en el Registro Público de la Propiedad usted aparece como propietario, pero con la hipoteca que se constituye como garantía, esto con la finalidad que su propiedad asegure que se cubrirá el adeudo con quien le ha prestado el dinero para obtener dicha propiedad.

Para el caso de su crédito con el banco (aun y que no me ha dicho con qué banco se obtuvo el crédito), al terminar de pagar usted deberá de acudir a la sucursal bancaria a solicitar la instrucción notarial para la cancelación de hipoteca y dependiendo de cada institución bancaria requerirán distinta información.

La cancelación de hipoteca a la que me he referido consiste en la escritura pública que otorgará el banco donde se hace constar que usted no tiene adeudo y que al inscribirse en el Registro Público dejarán a su propiedad libre de gravamen; esto quiere decir que usted ya puede disponer de su propiedad después de ese momento y que ya no está hipotecada.

Al haber terminado de pagar su crédito, no es necesario realizar otra escritura de su casa, sino solamente cancelar la hipoteca, le recomiendo acudir con el notario de su confianza para ver los requisitos y costos.

Agradezco la oportunidad que me dan para aclarar sus dudas y me reitero a sus apreciables órdenes, enhorabuena amigos!

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