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SAT lanza minisitio para que personas físicas presenten declaración anual

  Por Grupo Zócalo

Publicado el martes, 23 de marzo del 2021 a las 18:13


A través del sitio, podrás verificar tus comprobantes, así como la validez de tu contraseña o e.firma

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) habilitó el sitio Declara 2020, un portal donde las personas físicas podrán presentar su  declaración anual a partir del 1 de abril, vía internet.

Dentro de la página del SAT, se encuentran dos botones del lado derecho de la página donde podrás consultar tu declaración y tus deducciones personales. De igual manera, te presenta dos videos: uno para la generación o actualización de tu contraseña y otro para renovar el certificado de e.firma.

Asimismo, el sitio web te brinda los requisitos para la declaración anual, además de las personas que sí deben presentarla y quienes no.

 

Entre los requisitos que el SAT indica para presentar la Declaración Anual 2020 son RFC a 13 dígitos con homoclave, contraseña y e.firma vigente, además de los datos bancarios. La institución recomienda verificar que todos los comprobantes sean correctos en el Visor de nómina, esto para evitar inconsistencias en la declaración.

¿Qué personas deben presentar declaración anual?

De acuerdo con el SAT, las personas que obtuvieron ingresos por estas razones deberán declarar en abril:

  • Si recibieron salario de un solo patrón y dejaron de percibirlo el 31 de diciembre
  • Si trabajaron para dos o más patrones de manera simultánea
  • Si obtuvieron ingresos por indemnización o jubilación
  • Si los ingresos anuales exceden los 400 mil pesos
  • Si obtienen ingresos por su cuenta y emiten comprobantes por honorarios
  • Si cobran renta por algún inmueble
  • Si enajenaron o adquirieron bienes
SAT Declaración Anual 2020

A partir del 1 de abril, podrás presentar tu declaración anual | Foto: Pixabay

¿Qué personas no están obligadas a presentar declaración anual?

  • Las personas que obtuvieron ingresos por salarios de un solo patrón, siempre y cuando no excedan los 400 mil pesos en el ejercicio
  • Las personas que obtuvieron ingresos totales por salarios, que no excedan los 400 mil pesos, siempre que los intereses reales no hayan excedido los 100 mil pesos en el ejercicio.

Con información de Noticieros Televisa

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