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Publicado el martes, 18 de mayo del 2021 a las 03:00
Ciudad de México.- Dos jueces federales suspendieron ayer de manera indefinida y con efectos generales los principales apartados de la reforma a la Ley de Hidrocarburos (LHI), impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador, por presumirse que es inconstitucional.
Rodrigo de la Peza López y Juan Pablo Gómez Fierro, jueces Primero y Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializados en Materia Económica, Radiocomunicación y Telecomunicaciones, notificaron las primeras dos suspensiones definitivas contra la norma.
Las suspensiones, con efectos generales, fueron dictadas en un amparo promovido por la empresa Viga Express y en otro por Grupo Base Energéticos, Pharaoh International Products, Antiuc, Distribuidora de Combustibles Mil y por Dalia Pilar Lamarque Picos, según la lista de acuerdos.
La semana pasada, De la Peza concedió 18 suspensiones provisionales que frenaron en forma general la aplicación de cinco artículos de la LHI, vigente desde el 5 de mayo, declarando a la reforma como intempestiva y probablemente inconstitucional.
Su colega Juan Pablo Gómez Fierro, sin embargo, concedió la suspensión provisional solo contra tres artículos de la norma.
Los jueces no han publicado este lunes el fallo íntegro de las suspensiones definitivas, solo un resumen breve de su acuerdo en listas, aunque en diversos asuntos previos han dictado este tipo de suspensiones en los mismos términos que la provisional.
Cuando De la Peza dictó la suspensión provisional contra la LHI, prohibió al Gobierno aplicar los artículos 51, 57 y 59 Bis, así como el 4 y 6 transitorios de la reforma, que considera atentan contra los principios constitucionales de libre competencia en el sector energético, así como seguridad jurídica de las empresas privadas y su derecho a la propiedad.
Mientras, el Artículo 51 sujeta el otorgamiento de permisos a contar con capacidad de almacenamiento que determine la Secretaría de Energía (Sener), entre otros requisitos.
Gómez Fierro, por su parte, dejó sin efectos el 57, así como el 4 y 6 de los transitorios, pero no incluyó en la suspensión provisional al 59 Bis, que permite al Gobierno suspender permisos “cuando se prevea un peligro inminente para la seguridad nacional, la seguridad energética o para la economía nacional”.
El Artículo 57 permite al Gobierno la “ocupación temporal, la intervención o la suspensión” de cualquier permiso otorgado al amparo de la LHI, así como a contratar a Pemex para tomar control de las instalaciones y mantener la operación de las actividades previstas en dicho permiso.
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