Nacional
Por
Grupo Zócalo
Publicado el jueves, 29 de julio del 2021 a las 03:53
Ciudad de México.- Por falta de pruebas, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el desechamiento de una queja de Morena en contra de Movimiento Ciudadano y el gobernador electo de Nuevo León, Samuel García, por presunto financiamiento ilícito de campaña del Gobierno de Jalisco y otros ayuntamientos de esa entidad.
Por unanimidad y a propuesta del magistrado ponente José Luis Vargas, la sentencia aprobada considera infundados los agravios alegados por el partido, relacionados con una supuesta notificación y procedimiento incorrecto por parte del INE y la autoridad
fiscalizadora.
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Se propone calificar de infundados los agravios, toda vez que contrario a lo que sostiene, la autoridad responsable notificó el requerimiento de información conforme a derecho”.
Añadió que los contratos que adjuntó “solo dan cuenta de un negocio jurídico entre las partes involucradas”.
Asimismo, de acuerdo con la resolución, la denuncia la sustentó en notas periodísticas, las cuales deberían estar relacionadas con otros elementos que llevarán a sustentar sus acusaciones.
Morena presentó la denuncia ante el INE el 11 de junio y en su recurso ante la Sala Superior consideró que al organismo electoral le faltó indagar con exhaustividad la presunta conducta ilegal denunciada y no inició un procedimiento oficioso en materia de fiscalización en contra del entonces candidato de MC como le solicitaba el partido.
Todos estos agravios fueron desechados por considerarse infundados.
En otra resolución, la Sala Superior, en sesión pública a distancia el miércoles, los magistrados, a propuesta del magistrado Felipe de la Mata, revocaron la sanción que había impuesto el INE al candidato de Morena, PT, PVEM y Nueva Alianza, local de la coalición Juntos Haremos Historia para la Gubernatura en Zacatecas, David Monreal, ante una queja del PRI, por supuesto financiamiento de ente prohibido en su campaña política.
El motivo de la revocación fue que el INE no cumplió de manera adecuada con el procedimiento de indagatoria, pues debió notificar al partido y al candidato que se ampliaba la investigación fiscalizadora y los motivos de esta decisión, algo que no hizo.
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Lo procedente es revocar la resolución impugnada para que la autoridad fiscalizadora notifique a las partes respecto a la ampliación de la investigación para que manifiesten lo que a su derecho convenga y aporten las pruebas que estimen procedentes”, señaló la sentencia.
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