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| El SAT reclama el pago de 44.6 mil mdp de IVA.

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Reiteran maquilas ‘no’ a doble cobro del IVA; exhorto a SCJN

  Por Agencia Reforma

Publicado el jueves, 27 de febrero del 2025 a las 04:05


Index llamó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a no aprobar lo que considera que es un doble cobro del Impuesto al Valor Agregado.

Ciudad de México.- El Consejo Nacional de la Industria Maquiladora y Manufacturera de Exportación (Index) llamó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a no aprobar lo que considera que es un doble cobro del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Expresamos un extrañamiento ante la propuesta de doble medida recaudatoria por parte del Sistema de Administración Tributaria (SAT) y que será analizada por la SCJN a partir del próximo jueves 27 de febrero.  “Hacemos votos porque la Suprema Corte honre el espíritu de la ley: no cobrar doble IVA. Lo que comenzó como una buena regla que aliviaría tanto la carga del gasto público como el de las empresas, resultó en un doble juego para cobrar doble IVA, no a las maquiladoras, sino a los importadores”, agregó.

El Programa de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (IMMEX), que existe desde 2006, permite a las maquiladoras importar temporalmente insumos al país con beneficios fiscales, siempre y cuando se usen para manufactura de productos destinados a exportación. Pero el SAT considera que estas ventas no están exentas de IVA, y estima que las operaciones de este tipo entre 2019 y 2023 sumaron 279 mil millones de pesos, sobre los cuales pretende cobrar 44 mil 640 millones de impuesto que no fue retenido.

Esta regla fiscal se identifica bajo la clave V5.

Index advirtió que, de ser avalada la interpretación del SAT por la Corte, se generarán cargas financieras a los contribuyentes cuyos márgenes en la mayoría de los casos no son suficientes para pagar el IVA dos veces.

Refirió que la propia Ley del IVA apoya el precepto de no cobrar dos veces el IVA: “No efectuarán la retención (por enajenación) las personas físicas o morales que estén obligadas al pago del impuesto exclusivamente por la importación de bienes”.

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