Nacional

Publicado el martes, 16 de junio del 2026 a las 04:30
Ciudad de México.- Por unanimidad, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional el Artículo 67, Fracción 1, de la Ley de Hacienda para Coahuila, protegiendo el derecho a la identidad de las personas.
La ministra ponente Sara Irene Herrerías, planteó invalidar el cobro de 150 pesos por el registro de nacimientos en Coahuila, al considerar que es ilegal el cobro ya que atenta el derecho reconocido en la Constitución.
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De manera que cualquier legislación que establezca un cobro por registro de nacimientos contraviene el derecho humano a la identidad en perjuicio principalmente del interés superior de las niñas, niños y personas adolescentes.
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Por estas razones, se propone declarar la invalidez del Artículo 67, Fracción 1º, de la ley de Hacienda para Coahuila de Zaragoza, por contravenir los Artículos 1º y 4º de la Constitución, así como 2º Transitorio del decreto por el que se adiciona el artículo 4º de la Constitución Política, publicada en el Diario Oficial”, resaltó la ministra.
El Máximo Tribunal enfatizó que el acceso al acta de nacimiento no debe tener impedimentos económicos que condicionen el desarrollo social y el ejercicio de derechos de niños, niñas y adolescentes.
La invalidez también arrastró a otras disposiciones locales secundarias vinculadas a estímulos fiscales sobre este rubro.
Esta medida surte efectos inmediatos una vez que las autoridades locales sean notificadas formalmente de los puntos resolutivos de la sentencia.
Las finanzas públicas de los estados nunca deben crecer a costa de la desprotección civil o jurídica de las nuevas generaciones mexicanas.
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