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Coahuila

Apostillas y traducciones

Por Columnista Invitado

Hace 6 años

Nicanor Modera Frías

Es un gusto saludarles nuevamente por este medio, recuerden que éste espacio busca crear una cercanía entre un servidor y ustedes lectores, para con ello disipar las dudas que amablemente nos hacen llegar; esta ocasión nos escribe nuestro amigo Placido, lo siguiente:

“Notario amigo, estoy haciendo unos trámites y me pidieron que apostille unos certificados de nacimiento americanos y los traduzca, y me dicen que es con un Notario Público; ¿cuánto cuesta eso?.”

Amigo Placido, me da mucho gusto recibir su pregunta, y enseguida le daré una breve explicación de lo que requiere.

La apostilla ha logrado simplificar un gran número de trámites en los que intervienen documentos de diferentes países.

Para que un documento público emitido en el extranjero surta sus efectos jurídicos en México y viceversa debe estar legalizado, que significa comprobar y certificar la autenticidad de un documento o de una firma.

La legalización de documentos públicos extranjeros tiene por finalidad certificar la autenticidad de los puntos siguientes:

1. La firma que ostenta el documento;

2. La calidad de quien firma el documento; y

3. El sello, en su caso.

Como podemos ver, la legalización es independiente del contenido del documento, pues solo se enfoca a comprobar su autenticidad.

Entre los sistemas por los cuales podemos legalizar un documento extranjero para que tenga sus efectos en nuestro país, se encuentra el sistema de legalización por apostilla. Esto aplica cuando el país que emite el documento (en su caso el país que emite es Estados Unidos de América) y el país que lo recibe (México) forman parte de la Convención de la Haya.

La Convención de la Haya es un tratado en el que muchos países decidieron simplificar el proceso de legalización entre ellos y de esa forma crearon la figura de la apostilla.

La apostilla consiste en certificar entonces la autenticidad de la firma, la calidad de quien firma el documento y, en su caso la identidad del sello.

El formato de la apostilla se encuentra diseñado por la convención y los países integrantes deben respetar el modelo creado para ese trámite.

Otro punto de interés es que la apostilla se expide a quien porta el documento, no es necesario que sea solicitada por el titular del documento. Ello facilita su tramitación y que alguien cercano a la autoridad que haya de expedirla pueda ocurrir ante la misma y solicitar el apostillado.

Ahora bien, cuando Se tiene el documento estadounidense apostillado ya tiene validez en México y ha sido legalizado; probablemente como el documento y la apostilla se encontrarán en idioma inglés, se vaya a requerir acudir ahora si con un Notario Público en México, o bien, para efectos de que traduzcan tanto el acta de nacimiento como la apostilla, para poder seguir con el trámite y cumplir los requisitos que le han pedido

Le recomiendo acudir con el Notario de su confianza para obtener más información sobre este trámite.

Agradezco la oportunidad que me dan para aclarar sus dudas y me reitero a sus apreciables órdenes enhorabuena Amigos

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