Coahuila
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Grupo Zócalo
Publicado el miércoles, 22 de octubre del 2025 a las 05:21
Saltillo, Coah.- Como una reforma “hecha sobre las rodillas”, calificó el doctor Jesús Ángel Padilla Gámez, director de la Facultad de Medicina de la UAdeC, a los cambios en el Artículo 28 Bis de la Ley General de Salud, que a partir de hoy habilitan a pasantes y profesionales en Enfermería para recetar medicamentos.
Estas modificaciones legales ya fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación. Detallan que los enfermeros pueden prescribir medicamentos del Compendio Nacional de Insumos para la Salud. También lo pueden hacer los pasantes, así como prestadores de servicio social de las profesiones de medicina homeopática, cirujano dentista y veterinaria en sus respectivas especialidades.
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La responsabilidad que se le está delegando a esta noble profesión implica un riesgo para ellos, para las instituciones, pero sobre todo para el ser humano. “Médicos y enfermeros tenemos la vocación de servir, pero estos cambios en la ley tienen puntos inmaduros, tomados en la vía rápida y sobre las rodillas”, señaló Padilla Gámez.
En contraparte, el director de la Facultad de Enfermería de la Universidad Autónoma de Coahuila, el doctor Pedro Enrique Trujillo Hernández, consideró que esta reforma “refuerza el perfil clínico y científico de la Enfermería, consolidando su papel en el equipo interdisciplinario de la salud”.
Los lineamientos nuevos para que enfermeros puedan recetar fármacos incluyen los detalles sobre los medicamentos específicos que se pueden prescribir según tres modalidades: inicial, colaborativa y autónoma por enfermeras con rol ampliado o enfermeras de práctica avanzada.
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Dentro de la coordinación debemos establecer los límites del saber; los estudiantes de Enfermería tienen dos semestres de farmacología básica y un semestre de patología, y los de Medicina llevan en cada materia de especialidad la farmacología correspondiente y vemos todas las enfermedades”, detalló el doctor Jesús Ángel Padilla.
A su parecer, el director de la Facultad de Medicina de la Universidad Autónoma de Coahuila, curricularmente los profesionales en Enfermería no tienen la preparación para emitir recetas de la manera en que lo plantea la ley modificada.
Por el contrario, Pedro Enrique Trujillo, director de la Facultad de Enfermería de la UAdeC, piensa que la reforma “responde a una necesidad estructural del sistema nacional de salud, orientada a garantizar una atención más oportuna, continua y resolutiva, especialmente para mejorar la cobertura en la atención y la continuidad del cuidado, especialmente en comunidades con acceso limitado a servicios médicos, así como en programas comunitarios y unidades móviles”.
Entre los medicamentos que podrán recetar se encuentran analgésicos, de anestesia, de cardiología, dermatología, endocrinología, enfermedades infecciosas y parasitarias, enfermedades inmunoalérgicas, de gastroenterología, de ginecoobstetricia, hematología, intoxicaciones.
También se incluyen algunos fármacos de especialidades como nefrología, urología, neumología, neurología, oftalmología, oncología, siquiatría, traumatología, reumatología, entre otros más que están especificados.
Falta acotar
Reformas como esta “han aligerado la carga de trabajo en el sector salud de otros países más avanzados; no es una medida totalmente dañina, pero nos falta acotarlo para que mostremos una madurez que cuide al paciente”, dijo Padilla Gámez, quien llamó a los legisladores federales a la cordura.
Los cambios en la Ley General de Salud provocaron opiniones encontradas entre los especialistas consultados; en el caso del director de Enfermería, concluye que con esta medida, “México se suma a los estándares internacionales donde la Enfermería participa activamente, consolidando su liderazgo en la promoción de la salud y la prevención de enfermedades”.
Las recetas emitidas por la persona licenciada en Enfermería y personas podrán surtirse en cualquier botica, droguería o farmacia legalmente instalada que cumplan los requisitos legales para la operación de estos establecimientos.
¿Qué pueden recetar?
Analgésicos y antipiréticos: Paracetamol, ibuprofeno y metamizol sódico para el manejo de la fiebre y dolor.
Medicamento para el sistema digestivo: Omeprazol para el dolor de estómago y ácido acetilsalicílico, además de algunos antiespasmódicos como la butilhioscina y el metamizol.
Otros medicamentos: La lista incluye algunos antihipertensivos, antihistamínicos, electrolitos orales, carbón activado y otros que se encuentran en el cuadro básico de los establecimientos.
¿En qué casos?
Las personas licenciadas en Enfermería, así como pasantes o en servicio social, sólo podrán prescribir medicamentos en los casos que no se encuentre un médico, médico homeópata, cirujano dentista o persona licenciada en Enfermería, que pueda realizar la valoración y diagnóstico.
Con información de Diana Rodríguez y Rosalío González
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