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Publicado el miércoles, 12 de agosto del 2015 a las 01:11
México, D.F.- Dish deberá retirar de sus contratos de adhesión cláusulas abusivas, luego de que la Profeco ganara un juicio en contra de la empresa, promovido en 2011.
De acuerdo con la resolución del Juzgado Décimo Segundo de Distrito en Materia Civil, carecen de validez las cláusulas del pago de paquetes impuestos por Dish, aunque no sea a satisfacción de los suscriptores y la modificación unilateral de la empresa de cambiar tarifas sin previo aviso.
La firma deberá eliminar la obligación solidaria de quien recibe el equipo, aunque no sea el contratante, a cubrir todas las obligaciones que se deriven del contrato, así como contratar el servicio por paquetes que Dish disponga, aunque no sean los que el consumidor elija.
Las resoluciones tiene efecto retroactivo, informó la Profeco en un comunicado.
El juez eliminó también la obligación del usuario a pagar la renta del decodificador y prohibió a Dish modificar el contrato de manera unilateral por el solo hecho de que el suscriptor siga gozando del servicio, así como la responsabilidad de daños que pudieran ocasionarse por no contar con tierra física.
Asimismo, elimina la posibilidad de que la empresa envíe a los suscriptores publicidad de productos o servicios pese a que su número telefónico esté inscrito en el Registro Público para Evitar Publicidad (REPEP), señala.
“(La resolución) sienta precedentes en materia de consumo para que empresas que ofrecen servicio de televisión restringida se abstengan de utilizar contratos de adhesión que desequilibren la relación de la prestación de servicio, toda vez que se sentencia a DISH a elaborar un nuevo contrato que no incluya los términos y cláusulas declaradas inválidas”, señaló Lorena Martínez, Procuradora Federal del Consumidor.
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