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Coahuila

¿Es posible divorciarse con un poder?

Por Columnista Invitado

Hace 1 año

Por: Nicanor Moyeda Frias

 

 

Es un gusto saludarles nuevamente por este medio, recuerden que éste espacio busca crear una cercanía entre un Servidor y Ustedes Lectores, para con ello disipar las dudas que amablemente nos hacen llegar; esta ocasión nos escribe nuestro Amigo Filiberto, lo siguiente:

“Notario Amigo! Tengo Varios años que cambie de ciudad donde vivía y estuve casado, mi ex esposa me buscó y me dice que puedo enviar un poder para que allá me divorcien. Quisiera saber si Usted puede ayudarme.

Muchas gracias por escribirme, y en las siguientes líneas le explicaré algunos puntos importantes relacionados con su situación.

A su duda de si puede comparecer en juicio de divorcio por medio de apoderado u otorgando el poder, debo decirle que sí es posible que el cónyuge o los cónyuges que tienen interés en divorciarse puedan hacerse representar por un apoderado especial y lo establece el Código de Procedimientos Familiares para el Estado de Coahuila en su artículo 156 y que a la letra dice: “Los cónyuges podrán hacerse representar por apoderados y el poder deberá ser especial”.

Nuestras leyes han previsto para el trámite de divorcio que los interesados puedan comparecer ante el Juez mediante un apoderado o representante, esto quiere decir que ante la imposibilidad de presentarse un cónyuge a tramitar el divorcio, puede delegarlo entonces en un apoderado que no necesariamente deba ser abogado.

El requisito que marca la ley es que el apoderado sea especial; esto quiere decir que debe de detallarse minuciosamente para los efectos que se está otorgando el poder.

Mi recomendación es que en el poder se incluyan las facultades expresas de solicitar el divorcio, así como de disolver la sociedad conyugal o las facultades que sean necesarias como decidir sobre la guardia y custodia en caso de que haya menores hijos, la facultad expresa de decidir sobre el tema de los alimentos, etc.

Usted puede otorgar dicho poder ante notario publico, es importante que comente su caso particular y así el notario pueda redactar el instrumento de acuerdo a sus necesidades.

Con el testimonio de la escritura pública deberá de presentarse su apoderado ante el Juez y en su nombre realizar todos los trámites necesarios para disolver tanto el vínculo matrimonial como la sociedad conyugal, según sea el caso.

Un poder nos sirve para que sin tener que hacernos presentes para determinado trámite, alguien en nuestro nombre comparezca y tome decisiones por nosotros.

Agradezco la oportunidad que me dan para aclarar sus dudas, y me reitero a sus apreciables órdenes, enhorabuena Amigos!

Envía tus dudas al Notario Amigo

[email protected]

www.notariatrece.com

Tel 878-173-5154

twitter: @nicomoyeda

Facebook: Nico Moyeda

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