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| La Ley Federal del Trabajo establece que cuando se incurra en una de las faltas, el patrón que despida a un trabajador deberá darle aviso escrito. Foto: Shutterstock

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Estas son las razones por las que te pueden despedir sin liquidación, según la Ley Federal del Trabajo

  Por Grupo Zócalo

Publicado el sábado, 16 de diciembre del 2023 a las 14:13


Existen una serie de actitudes y acciones por las que se puede despedir a los empleados sin liquidación.

Ciudad de México.- En ocasiones, los despidos laborales son injustificados; sin embargo, hay ciertas actitudes en las y los empleados que las empresas detectan y pueden ser un motivo para perder el empleo de manera justificada y sin liquidación.

¿Qué dice la Ley Federal del Trabajo sobre los despidos sin responsabilidad para el patrón?

La Ley Federal del Trabajo en los artículos del 46 al 52 expone todo lo concerniente a los despidos laborales.

El artículo 46 señala: “El trabajador o el patrón podrá rescindir en cualquier tiempo la relación de trabajo, por causa justificada, sin incurrir en responsabilidad”. Esto implica que tanto los empleados como sus patrones tienen la capacidad de terminar la relación laboral.

Además, el artículo 47 detalla 15 causas por las cuales se puede terminar la relación de trabajo “sin responsabilidad para el patrón”. Estas causas son:

• Engañar al patrón con certificados falsos o referencias en los que se atribuyan al trabajador capacidad, aptitudes o facultades de que carezca.

• Cuando el trabajador incurre, durante sus labores, en faltas de probidad u honradez, en actos de violencia, amagos, injurias o malos tratamientos en contra del patrón.

• Cuando el trabajador atenta contra alguno de sus compañeros.

• El trabajador ocasione intencionalmente, perjuicios materiales durante el desempeño de las labores o con motivo de ellas, en los edificios, obras, maquinaria, instrumentos, materias primas y demás objetos relacionados con el trabajo.

• El trabajador comprometa, por su imprudencia o descuido inexcusable, la seguridad del establecimiento o de las personas que se encuentren en él.

• El trabajador cometa actos inmorales o de hostigamiento y/o acoso sexual contra cualquier persona en el establecimiento o lugar de trabajo.

• El trabajador revele los secretos de fabricación o dar a conocer asuntos de carácter reservado, con perjuicio de la empresa;

• El trabajador tenga más de tres faltas de asistencia en un período de treinta días, sin permiso del patrón o sin causa justificada.

• El trabajador desobedezca al patrón o a sus representantes, sin causa justificada, siempre que se trate del trabajo contratado.

La Ley Federal del Trabajo establece que cuando se incurra en una de las faltas mencionadas anteriormente, “el patrón que despida a un trabajador deberá darle aviso escrito en el que refiera claramente la conducta o conductas que motivan la rescisión y la fecha o fechas en que se cometieron.

Con información de El Financiero

 

 

 

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