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Niegan otro amparo al Sindicato Minero por caso Cananea

  Por Notimex

Publicado el miércoles, 16 de marzo del 2011 a las 04:32


Ello, en virtud de haberse acreditado la destrucción y daños ocasionados a la mina durante una huelga.

México.- El Juzgado Quinto en Materia de Trabajo del Distrito Federal negó un amparo al Sindicato Minero contra una resolución de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA), en la que resolvió sin materia la huelga en la mina de Cananea.

Al respecto, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) destacó que con esta resolución del Poder Judicial Federal se confirma la actuación apegada a derecho de la JFCA en el asunto de Mexicana de Cananea, S.A. de C.V.

La dependencia señaló en un comunicado que el pasado 4 de junio de 2010 la Junta Federal determinó que al no existir relaciones de trabajo en la mina, la huelga estallada por el Sindicato Minero había dejado de tener efectos.

Antes, el 14 de abril de 2009 la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) declaró terminadas las relaciones de trabajo, así como el Contrato Colectivo de Trabajo que existía entre la empresa Mexicana de Cananea, S.A. de C.V. y el Sindicato Minero.

Ello, en virtud de haberse acreditado la destrucción y daños ocasionados a la mina durante una huelga que se prolongó por casi tres años, lo que constituyó una causa de fuerza mayor no imputable al patrón, precisó la STPS.

Esta resolución de la JFCA fue validada en todas las instancias por el Poder Judicial Federal, ya que el Sindicato Minero agotó, sin éxito, todos los recursos jurídicos a su alcance, incluso la revisión y reclamación ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Al haberse confirmado la terminación de las relaciones de trabajo, el 4 de junio de 2010, la JFCA declaró que la huelga que el Sindicato Minero había estallado desde el 30 de julio de 2007, carecía de materia y resolvió que dejó de tener efectos a partir de la fecha en que se dieron por terminadas las relaciones de trabajo el 14 de abril de 2009.

El documento precisó que inconforme con esta determinación, el Sindicato Minero interpuso un juicio de amparo del que conoció el Juzgado Quinto en Materia de Trabajo del Distrito Federal, el cual celebró la audiencia constitucional el 23 de diciembre de 2010.

Hoy, después de casi tres meses de analizar el asunto, esa instancia publicó en su lista de notificaciones el resultado de dicho juicio de garantías, en el que resolvió negar el amparo y protección de la justicia federal al Sindicato Minero.

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