Negocios

Publicado el jueves, 8 de abril del 2010 a las 04:45
México, D.F.- Todos los microempresarios que no hayan excedido de 4 millones de pesos en el 2009 podrán utilizar una nueva herramienta tecnológica para el pago de impuestos.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que puso a disposición de los pequeños empresarios el “Portal Microe”, en donde se podrá hacer el pago de impuestos directamente.
La autoridad destacó que todos los contribuyentes aglutinados como personas físicas dedicadas a realizar actividades empresariales, prestación de servicios profesionales o arrendamiento de bienes inmuebles cuyos ingresos en el ejercicio fiscal de 2009 no hubiera excedido de 4 millones de pesos podrán optar por usar el “Portal Microe”.
También las empresas que se encuentren en el supuesto de la cantidad citada, también podrán usar el portal.
Desde el 2009, el Jefe del SAT, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, informó que uno de los beneficios para los contribuyentes es que podrán hacer sus trámites fiscales a través del portal.
El SAT expuso que los contribuyentes que se adapten al Portal Microe tendrán una serie de obligaciones adicionales.
Deberán cumplir con los requisitos para optar por utilizar la herramienta electrónica elaborada por el SAT denominada “Portal Microe”, y presentar su aviso de opción a la autoridad, a más tardar en el mes siguiente en el que ejerzan dicha opción.
Además, tendrán que contar con la Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIECF) y la Firma Electrónica Avanzada (FIEL) para acceder a los diversos servicios del “Portal Microe”.
“Generar y emitir los comprobantes fiscales digitales que acrediten los ingresos obtenidos a través de la herramienta electrónica “Portal Microe”, así como cumplir con todos los requisitos y condiciones para la emisión de comprobantes fiscales digitales”.
Agregó que en el caso de operaciones realizadas con el público en general, los contribuyentes que opten por utilizar el “Portal Microe” podrán emitir los comprobantes fiscales simplificados a través de dicha herramienta electrónica, sin que éstos contengan el sello digital correspondiente.
Tendrán que registrar todas sus operaciones de ingresos, egresos e inversiones, a través del “Portal Microe”.
“Para estos efectos los registros realizados en el “Portal Microe” se considerarán que cumplen con los requisitos de llevar la contabilidad del contribuyente conforme a lo establecido en el CFF y su Reglamento”, agregó el SAT.
También tendrán que llevar un sólo registro de sus operaciones a través del “Portal Microe”.
Así como presentar los pagos provisionales y definitivos, conforme al procedimiento.
El SAT añadió que los contribuyentes que incumplan con cualquiera de las obligaciones, perderán los beneficios que se otorgan en el mismo, a partir del momento en que se deje de cumplir con alguno de los mencionados requisitos u obligaciones, debiendo tributar conforme al régimen de la Ley del ISR que les resulte aplicable.
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