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| Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá ser equivalente a 30 días de salario, según la iniciativa. Foto: Especial

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Proponen duplicar aguinaldo a empleados de sector privado

  Por Agencia Reforma

Publicado el martes, 8 de agosto del 2023 a las 12:41


El diputado de Morena, Manuel Baldenebro, propuso duplicar monto que reciben los trabajadores del sector privado por concepto de aguinaldo

Ciudad de México.- El diputado de Morena, Manuel Baldenebro, presentó una iniciativa que propone duplicar el monto que reciben los trabajadores del sector privado por concepto de aguinaldo.

La iniciativa, inscrita en la Gaceta de la Comisión Permanente, propone modificar el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo para establecer que los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá ser equivalente a 30 días de salario, por lo menos.

Actualmente, dicho artículo establece que el monto del aguinaldo será semejante a 15 días de salario.

De acuerdo con la exposición de motivos, el aguinaldo forma parte del salario de las y los trabajadores, puesto que es una retribución que se recibe por la prestación de un servicio correspondiente a un año o proporcional laborado.

No obstante, señala, existe una gran diferencia salarial entre los del sector privado y del sector público, ya que en el primer caso, la Ley Federal del Trabajo establece que el aguinaldo será equivalente a 15 días de salario, por lo menos, mientras que en el segundo caso, será equivalente a 40 días de salario.

“ Existe una gran diferencia salarial en la medida de salario percibido por esta prestación, entre las personas trabajadoras del sector privado (apartado A) y los trabajadores al servicio del Estado (apartado B), lo que refleja la discriminación y las desigualdades existentes entre las normas de trabajo”, plantea.

Lo anterior, indica, aumenta la brecha salarial existente entre el promedio de salario de los trabajadores y atenta contra los principios pro persona, progresividad de los derechos humanos y no discriminación, previstos en el artículo 1 de la Constitución.

Advierte que el pago de aguinaldo surgió como obligación de los patrones en la ley Federal del Trabajo en 1970, lo que significa que dicha prestación no ha sufrido grandes cambios, pues sólo se reformó en 1975, cuando se estableció que esta obligación también aplicaba para los trabajadores que no han cumplido un año de servicios, quienes tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional.

Aunado a ello, agrega, este año, el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval) ajustó al alza el valor de la línea de pobreza extrema por ingreso, como consecuencia de la inflación.

Con este ajuste, la canasta alimentaria urbana pasó de mil 974.57 pesos en marzo de 2022 a dos mil 164.51 pesos en el mismo mes de 2023; en el mismo periodo, la canasta alimentaria rural pasó de mil 517.96 a mil 659.09 pesos, lo que representa un incremento de 9.3 por ciento.

La propuesta presentada por el presidente de la Comisión del Trabajo de la Cámara de Diputados sostiene que, por ello, en los procedimientos que se llevan a cabo para determinar el monto de prestaciones laborales, como el aguinaldo, es necesario tomar en cuenta que su suficiencia y acceso como elementos que contribuyen al ejercicio de la igualdad entre empleados.

“ La suficiencia del salario y el acceso a prestaciones laborales complementarias, como el aguinaldo, son elementos que contribuyen al ejercicio de la igualdad entre trabajadoras y trabajadores; a la protección de la niñez, de las personas con discapacidad y personas adultas mayores, dicho enfoque debe tomarse en cuenta en los procedimientos que se lleven a cabo para determinar el monto de dicha remuneración”, advierte.

 

 

 

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