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Coahuila

¿Qué es el permiso para viajar sin padres ante notario?

Por Columnista Invitado

Hace 6 años

NICANOR MOYEDA FRIAS

Es un gusto saludarles nuevamente por este medio, recuerden que éste espacio busca crear una cercanía entre un servidor y ustedes lectores, para con ello disipar las dudas que amablemente nos hacen llegar; esta ocasión nos escribe nuestro amigo Pedro, lo siguiente:

“Notario Amigo, mis padres llevarán a un viaje a mi hijo, pero me comentan que se requiere otorgar un permiso ante notario para poder salir del país ¿Es muy tardado ese documento?, ¿Qué se necesita?”

Amigo Pedro, las autoridades migratorias en ocasiones solicitan estos permisos de los padres cuando no acompañan a sus hijos menores, pero para quienes es indispensable, es para los medios de transporte.

Una de las facultades de los notarios es la de consignar actos o dar fe de hechos cuando así se le solicite.

Las actas fuera de protocolo o también conocidas como actas notariales sirven para hacer constar un hecho que suceda en presencia del Notario, se autoriza con su sello y su firma.

Estas actas fuera de protocolo se entregan en original a quien la solicita y además se envía una copia a la dirección de notarías.

El reglamento de la ley de migración establece que cuando algún menor viaje con alguien que no sean sus padres o quienes ejerzan sobre él la patria potestad, deberán presentar un documento a través del cual quienes ejerzan la patria potestad o tutela autorizan su salida de territorio nacional y que este documento sea otorgado ante fedatario público.

Como vemos tanto en nuestro país, como en algunos otros países, las autoridades verifican que los menores viajan con autorización de quién debe darla; esto también debemos de reconocerlo como una medida de seguridad para los menores.

El documento debe contener el nombre completo del menor (como aparezca en su pasaporte), los datos de a dónde habrá de viajar y acompañado de quién lo hará, y que conste la autorización de quienes la otorgan.

Ahora bien, el tipo de documento que se requiere es una acta fuera de protocolo donde habrá de constar el permiso de los padres o quienes ejerzan la patria potestad para que su hijo viaje sin ellos, dicho documento habrá de portarlo quien acompañe al menor.

Mi recomendación, es acudir con el notario de su confianza para que pueda informarle de los requisitos, así como de los costos de dicho documento.

Agradezco la oportunidad que me dan para aclarar sus dudas y me reitero a sus apreciables órdenes, enhorabuena Amigos!

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