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Publicado el martes, 21 de febrero del 2023 a las 15:58
Ciudad de México.– El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer su cuarta publicación de tasas efectivas aplicables a grandes contribuyentes de 40 actividades económicas, entre ellas la de transporte aéreo de pasajeros en aerolíneas nacionales para los ejercicios fiscales 2020 y 2021.
Esta cuarta publicación contiene las tasas para 40 actividades de comercio al por mayor, comercio al por menor, industrias manufactureras, dirección de corporativos y empresas, servicios de apoyo a los negocios y manejo de desechos y servicios de remediación, servicios inmobiliarios y de alquiler de bienes muebles e intangibles, servicios profesionales, científicos y técnicos y transportes, correos y almacenamiento.
Para el transporte aéreo regular de pasajeros y de carga en aviones con matrícula nacional con rutas y horarios establecidos, las tasas efectivas son de 5.69 por ciento y 4.76 por ciento para 2020 y 2021, respectivamente, según dicho documento que está disponible en la página oficial del SAT.
En el caso de quienes ofrezcan transporte por ferrocarril de pasajeros y de carga serán de 7.61 por ciento para el ejercicio fiscal 2020 y de 7.02 por ciento para el de 2021.
Mientras que para aquellos dedicados a la venta en territorio nacional de gasolina y diesel, las tasas aplicables son de 2.42 por ciento y 2.10 por ciento para los ejercicios fiscales de 2020 y 2021, respectivamente.
Asimismo, para la dirección de corporativos y empresas no financieras serán de 7.31 por ciento para el ejercicio fiscal 2020 y de 6.94 por ciento para el de 2021.
Estas se obtienen de dividir el Impuesto Sobre la Renta (ISR) causado en un ejercicio fiscal entre los ingresos acumulables de dicho ejercicio.
Con esta cuarta publicación, el fisco ha fijado en lo que va de este 2023, las tasas efectivas aplicables a 160 actividades económicas de 31 sectores económicos.
En un comunicado informó que estas tasas se fijaron con base en la información disponible en las bases de datos institucionales consistentes en declaraciones anuales, dictámenes fiscales, información sobre la situación fiscal de contribuyentes, declaraciones informativas, Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), entre otros.
Para dar seguimiento a esta medida de simplificación que facilita el cumplimiento de obligaciones fiscales de los contribuyentes, la autoridad fiscal mencionó que ha contactado vía Buzón Tributario a aquellos contribuyentes cuya tasa efectiva se encuentra por debajo de los parámetros publicados para que realicen su análisis y voluntariamente corrijan su situación fiscal mediante la presentación de declaraciones anuales complementarias.
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