Negocios
Por Agencia Reforma
Publicado el jueves, 19 de septiembre del 2024 a las 04:17
Ciudad de México.- A petición de la empresa regia Deacero, la Secretaría de Economía publicó este miércoles en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el inicio del procedimiento administrativo de investigación dumping a las importaciones de clavos de acero en rollo para pistola, originarias de China.
En el DOF, la dependencia refirió que fue el 27 de junio del 2024 cuando la empresa Deacero solicitó ese procedimiento administrativo de investigación por prácticas desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios, sobre las importaciones de clavos de acero en rollo para pistola.
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La solicitante manifestó que las importaciones de clavos para pistola originarias de China ingresaron al mercado mexicano a precios dumping durante el periodo abril de 2021 a marzo de 2024, con una creciente subvaloración y un aumento en términos absolutos y relativos, lo que provocó un impacto negativo en los indicadores económicos y financieros de la rama de producción nacional, causándole un daño material.
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Deacero propuso como periodo investigado el comprendido del 1 de abril de 2023 al 31 de marzo de 2024 y como periodo de análisis de daño el comprendido del 1 de abril de 2021 al 31 de marzo de 2024. Presentó argumentos y pruebas para sustentar su solicitud de investigación, los cuales constan en el expediente administrativo y fueron considerados para la emisión de la presente resolución”, detalló en el DOF.
En la investigación la dependencia encontró que las importaciones de clavos de acero en rollo para pistola incrementaron su participación 29.7 puntos porcentuales en el mercado nacional, mientras que su precio promedio medido en dólares, registró una tendencia decreciente al disminuir 33% en el periodo analizado.
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Se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio de la investigación antidumping sobre las importaciones de clavos para pistola, originarias de China, independientemente del país de procedencia, incluidas las definitivas y temporales, que ingresan a través de la fracción arancelaria 7317.00.99 de la TIGIE y al amparo de la Regla Octava, a través de la fracción arancelaria 9802.00.01 de la TIGIE, o por cualquier otra.
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La Secretaría podrá aplicar las cuotas compensatorias definitivas que, en su caso, se impongan sobre los productos que se hayan declarado a consumo hasta 90 días antes de la fecha de aplicación de las medidas provisionales que en su caso se determinen, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10.6 del Acuerdo Antidumping, y 65 A de la LCE”, detalló.
Aunque en la investigación encontraron que en el periodo analizado se realizaron importaciones de clavos para pistola de 13 países más, China representó 99 por ciento.
El producto investigado se usa como insumo en la fabricación de tarimas, cajas y otros productos diversos de madera o material similar, para fijar o unir los distintos elementos que componen a estos productos, y los usuarios finales y distribuidores del producto objeto de investigación tienen presencia en todo el territorio nacional.
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